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Ley ‘chao marcas’: en qué consiste y dónde aplicará

La Ley 2345 de 2023 tiene como finalidad unir la imagen de las entidades estatales y prohibir las marcas de gobierno.

Actualizado a
Bandera de Colombia
Gobierno Naciona

A finales del año pasado el Senado de la República aprobó la ley ‘Chao marcas del gobierno’, un proyecto diseñado para disminuir el gasto público en la publicidad que se emplea en la administraciones locales y nacionales, quienes cada año invierten millones de pesos con el fin de modificar sus logos creados por la administración anterior.

De acuerdo con el manual de implementación de la Ley 2345 de 2023, el objetivo de esta normativa consiste en establecer medidas que permitan unificar la imagen de las entidades estatales por medio de la implementación del Manual de Identidad Visual, en la que se prohíben las marcas de gobiernos “con el fin de impedir que se pierda la identidad institucional, además de establecer medidas que permitan la austeridad en la publicidad estatal”.

Cabe mencionar que con la implementación de esta medida, la publicidad institucional no deberá ser renovada cada cuatro años con el cambio de mandatarios. De hecho, la normativa no aplica a las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta, las empresas industriales y comerciales del Estado societarias y no societarias, las empresas sociales del Estado, las empresas oficiales se servicios públicos y las demás entidades descentralizadas creadas por la ley o con su autorización, cuyo objeto principal sea la realización de actividades industriales o comerciales.

¿Qué es un Manual de Identidad Visual?

Este es un documento que contiene los elementos esenciales de la identidad estatal. Además, en este aparecen la marca, el color institucional, las aplicaciones visuales y recomendaciones para el uso de la identidad, pero debe desarrolla como mínimo los siguientes elementos esenciales:

  • La identidad institucional.
  • El color institucional.
  • Las vocerías y cuentas institucionales.
  • Las aplicaciones visuales a utilizar en la publicidad, los bienes consumibles y no consumibles, así como los bienes inmuebles y muebles.

En ese sentido, las entidades del orden nacional están en la obligación de utilizar el Escudo de Armas de la República de Colombia como logotipo acompañado del nombre de la entidad correspondiente. Justamente, solo podrá contemplarse con el nombre de la unidad, oficina, secretaría y despacho adscrito.

Para las entidades del orden territorial, deberá emplearse como logotipo el escudo o la bandera que corresponda por su valor histórico y cultural a cada ente territorial, acompañado del nombre de la entidad. Por su parte, las entidades estatales podrán emplear excepcionalmente un uso de logotipo distinto al del escudo o la bandera del orden nacional o territorial según corresponda, siempre que se acredite la apropiación cultural e histórica de otro logo.

¿Para quiénes aplica la ley ‘Chao marcas del gobierno’?

La ley sancionada por el presidente de la República comenzó a regir desde el pasado 1 de enero de 2024, fecha en la que se posesionaron los nuevo alcaldes y gobernadores del país. Razón por la cual, ninguno de ellos podrá difundir logotipos o publicaciones propias, sino que deberán adoptar una marca basada en los colores de los símbolos patrios de sus municipios o departamentos utilizando el escudo oficial de la entidad correspondiente.

En ese orden de ideas, la Ley 2345 de 2023 aplica para el Gobierno Nacional, las entidades territoriales, fuerzas militares y de policía, el Congreso de la República, las Corporaciones de elección popular, la Rama Judicial, los Órganos de control, la Organización territorial y todos los organismos y dependencias del Estado a los que la Constitución o la ley les encomiende el ejercicio de funciones públicas.

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