Estos son los beneficiarios que recibirán bono de 225.000 pesos a partir de junio en Colombia
Los colombianos que se encuentren en vulnerabilidad extrema podrán recibir una transferencia monetaria como ayuda de parte del Gobierno.


El Gobierno de Gustavo Petro propuso y le fue aprobada la reforma pensional que trae consigo varios cambios; entre ellos están los cuatro pilares fundamentales con sus respectivas indicaciones. Este nuevo proyecto, que entrará en vigor el 1 de julio de 2025, tiene como objetivo ayudar a las personas de tercera edad que, por diferentes circunstancias, no lograron conseguir su retiro.
Es importante recordar que, para que los colombianos puedan recibir su pensión, tendrán que cumplir con las semanas mínimas requeridas y la edad establecida. En el caso de los hombres, necesitarán tener 1.300 semanas cotizadas y 62 años cumplidos. Por el otro lado, las mujeres deberán contar con los 57 años y con el tiempo establecido, que son 1.000.
¿Cuál es el bono pensional que recibirán los adultos mayores de 60 años?
A su vez, el Gobierno Nacional, a través del pilar solidario, permite que los colombianos mayores de 65 años para los hombres y mujeres mayores de 60 años que no lograron cotizar y viven en condición de pobreza extrema y vulnerabilidad, puedan recibir un subsidio de $225.000 pesos mensuales.
Los requisitos necesarios para que los colombianos puedan recibir este bono son contar con la edad mínima, es decir, 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres; ser ciudadano colombiano; integrar el grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad; no tener pensión; acreditar residencia en el país mínimo de 10 años.
Sin embargo, los hombres mayores de 55 años y las mujeres mayores de 50 que cuenten con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% también podrán ser parte de la población que recibirá el bono pensional de los $225.000.
También entran como beneficiados, según el proyecto de ley, aquellas personas que hacen parte de pueblos indígenas, afrocolombianos; comunidades campesinas que están inscritas en el Registro Administrativo de Campesinado y, por último, las cuidadoras de personas con discapacidad y que no cuentan con ingresos propios.
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