Esta es la razón por la cual podría quedarse sin licencia de conducción
Existen varios motivos por los que se podría suspender o cancelar dicho documento a los conductores del país. Conozca las razones.


En Colombia, la licencia de conducción es un documento esencial que certifica la aptitud legal y técnica de una persona para operar vehículos en las vías del país y que está reglamentada a través de la Ley 769. Colombia cuenta, gracias al Ministerio de Transporte, con ocho tipos de pases vigentes para los conductores de diferentes tipos de vehículos.
Sin embargo, existen diversas razones por las cuales un ciudadano podría perder este derecho. De hecho, en días recientes, se alertó a los conductores pues cerca de 2.2 millones de personas podrían enfrentar la suspensión de su licencia si no realizan el trámite de renovación. 1.6 millones de esos documentos pertenecen a hombres, mientras que 426.000 mujeres.
¿Por qué pueden suspender mi licencia?
Según el Código Nacional de Tránsito, específicamente la Ley 769 de 2002, las licencias pueden ser suspendidas temporalmente o canceladas definitivamente si el conductor infringe ciertas normas. Algunas de las más comunes incluyen:
- Acumulación de infracciones: Si un conductor acumula más de 15 puntos en su historial de comparendos, su licencia puede ser suspendida hasta por seis meses.
- Conducir bajo efectos del alcohol o sustancias psicoactivas: De acuerdo con la Ley 1696 de 2013, manejar en estado de embriaguez puede llevar a la suspensión de la licencia hasta por 10 años o incluso su cancelación definitiva.
- Accidentes graves: Si un conductor es responsable de un accidente con víctimas fatales, las autoridades pueden revocar su licencia.
- Falsificación de documentos: Presentar información falsa en el trámite de expedición o renovación de la licencia conlleva la cancelación inmediata del documento.
¿Cada cuánto debo renovar mi licencia?
La duración de la vigencia de una licencia de conducción en Colombia varía según el tipo de licencia y la edad del titular. Por ende, la renovación del documento deberá realizarse de la siguiente manera:
- Particulares:
Cada 10 años: si el conductor tiene menos de 60 años.
Cada 5 años: La renovación se efectuará si es mayor de 60 años en este periodo de tiempo.
Cada año: Para mayores de 80 años. - Servicio público: Cada 3 años, sin importar la edad del conductor.
Si desea verificar el estado de su licencia de conducción y si tiene comparendos pendientes, puede revisar toda la información a través de la página web del Registro Único de Nacional de Tránsito (RUNT), en el enlace www.runt.com.co.
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