El nuevo documento obligatorio para la Declaración de Renta 2025: ¿quién tendrá que presentarlo?
La DIAN indicó que los plazos establecidos por la ley para los servicios digitales se encuentran disponibles desde el pasado 28 de marzo.


A través de un comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que ya se encuentra disponible la nueva versión del Prevalidador de conciliación fiscal del año gravable 2024. Este documento debe ser diligenciado por los grandes contribuyentes. El objetivo de esta herramienta es que sean reportados los saldos contables y fiscales.
“El Reporte de Conciliación Fiscal debe ser diligenciado y presentado a través de los servicios digitales de la DIAN, por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el formulario 110, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT ($2.117.925.000 año 2024)”, indicó la entidad.
La DIAN reiteró que este documento se debe presentar previo a la presentación de la declaración de renta. “Dentro de los plazos establecidos por la ley, y que la entidad tendrá disponible sus servicios digitales para hacerlo a partir de este 28 de marzo”, informó la entidad.
Pasos para usar el uso del prevalidor:
- Deberá acceder al portal de la DIAN
- Tendrá que dirigirse a la pestaña transaccional / Otros servicios / Prevalidadores - Opción Impuestos y haga clic en "Reporte Conciliación Fiscal F2516v8 (Año gravable 2024)".
- Luego deberá descargar el archivo en formato ZIP e instalarlo en su computador.
- Deberá que diligenciar la información que la herramienta solicita.
- Por último, tendrá que presentar el archivo XML a través de los servicios digitales de ls DIAN.
Este es el calendario de la DIAN para realizar la Declaración de la Renta en 2025
La declaración de renta es una obligación que todos los contribuyentes deben prepararse después de mitad de año, especialmente en los meses agosto, septiembre y octubre, pero para poder cumplir con esta obligación financiera, se realiza por los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), según el calendario tributario.
Es importante recordar que aquellos que no efectúen el pago el día en el que les corresponde declarar renta pueden ser sancionados económicamente al no pagar el día que a su NIT le corresponda. Esta multa no podrá ser inferior a los $498 mil pesos para este 2025. Según la DIAN, aquellos colombianos que cumplan con los topes en diferentes aspectos deben declarar renta.
Las fechas estipuladas por la entidad para los grandes contribuyentes tuvieron que pagar la primera cuota de las obligaciones tributarias el pasado lunes 24 de febrero. Mientras que el segundo aporte y el anticipo a la cuota uno de puntos adicionales será desde el 9 hasta el 24 de abril. Y, por último, el tercer pago será en junio, del 11 al 25.
Mientras que para las personas jurídicas comenzará el 12 de mayo y terminará el 23 para presentar la declaración y la primera parte del pago. Mientras que desde el 9 de julio hasta el 22 del mismo mes será la segunda cuota.
Desde el próximo martes 12 de agosto hasta el 24 de octubre, los colombianos registrados como personas naturales podrán empezar a realizar el pago de la declaración de renta el día que les corresponde; así lo anunció la DIAN por medio del calendario tributario.
¿Cómo saber si declarar o no renta?
- Ingresos brutos iguales o superiores: Durante el año 2024 los ingresos totales fueron iguales o superiores a $69.718.699, es decir, 1.400 UVT.
- Patrimonioo bruto: Si al 31 de diciembre del 2024 tuvo un patrimonio bruto superior de $224.095.500.
- Consumos con tarjeta de crédito: Si los consumos en el 2024 fueron superiores a $69.718.699.
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