Declaración de renta: ¿cuándo debo presentarla en 2024 y cuáles son los requisitos para hacerlo?
Durante agosto, septiembre y octubre, la entidad recibirá la presentación del documento según las últimas dos cifras del documento de identidad o el Número de Identificación Tributaria.
En las últimas horas, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció las fechas establecidas para que las personas que deben declarar renta ante las autoridades tributarias realicen la presentación del documento antes del vencimiento del plazo, pues quienes pasen del tiempo autorizado deberán asumir una multa del 5% del impuesto a cargo, el cual aumentará por cada mes o fracción de mes de incumplimiento, sumado a una multa de $424.000.
Tenga en cuenta que deberá cumplir con esta obligación financiera sólo si su patrimonio bruto excede las 4.500 Unidades de Valor Tributario al cierre del año pasado, lo que equivale a $211.792.500. Del mismo modo, deberán presentar este reporte quienes registren un consumo de tarjetas de crédito o ingresos brutos iguales a 1.400 UVT, es decir, $65.891.000. Estos son los días establecidos para realizar el pago de la declaración de renta de acuerdo con el último dígito de la cédula o NIT:
¿Quiénes declaran renta en agosto de 2024?
Fecha | Últimos dos dígitos de la cédula o NIT |
---|---|
Lunes 12 | 01-02 |
Martes 13 | 03-04 |
Miércoles 14 | 05-06 |
Jueves 15 | 07-08 |
Viernes 16 | 09-10 |
Martes 20 | 11-12 |
Miércoles 21 | 13-14 |
Jueves 22 | 15-16 |
Viernes 23 | 17-18 |
Lunes 26 | 19-20 |
Martes 27 | 21-22 |
Miércoles 28 | 23-24 |
Jueves 29 | 25-26 |
¿Quiénes declaran renta en septiembre de 2024?
Fecha | Últimos dos dígitos de la cédula o NIT |
---|---|
Lunes 2 | 27-28 |
Martes 3 | 29-30 |
Miércoles 4 | 31-32 |
Jueves 5 | 33-34 |
Viernes 6 | 35-36 |
Lunes 9 | 37-38 |
Martes 10 | 39-40 |
Miércoles 11 | 41-42 |
Jueves 12 | 43-44 |
Viernes 13 | 45-46 |
Lunes 16 | 47-48 |
Martes 17 | 49-50 |
Miércoles 18 | 51-52 |
Jueves 19 | 53-54 |
Viernes 20 | 55-56 |
Lunes 23 | 57-58 |
Martes 24 | 59-60 |
Miércoles 25 | 61-62 |
Jueves 26 | 63-64 |
Viernes 27 | 65-66 |
¿Quiénes declaran renta en octubre de 2024?
Fecha | Últimos dos dígitos de la cédula o NIT |
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Martes 1 | 67-68 |
Miércoles 2 | 69-70 |
Jueves 3 | 71-72 |
Viernes 4 | 73-74 |
Lunes 7 | 75-76 |
Martes 8 | 77-78 |
Miércoles 9 | 79-80 |
Jueves 10 | 81-82 |
Viernes 11 | 83-84 |
Martes 15 | 85-86 |
Miércoles 16 | 87-88 |
Jueves 17 | 89-90 |
Viernes 18 | 91-92 |
Lunes 21 | 93-94 |
Martes 22 | 95-96 |
Miércoles 23 | 97-98 |
Jueves 24 | 99-00 |
¿Cuáles son los requisitos para declarar renta en 2024?
De acuerdo con la información suministrada por la DIAN, los empleados asalariados que no son responsables de impuestos a las ventas no están obligados a declarar, mientras el 80% de sus ingresos brutos sean provenientes de pagos de una relación laboral o legal y reglamentaria, así como también están exonerados quienes posean un patrimonio bruto inferior a los $211,7 millones al cierre del año pasado.
Tenga en cuenta, además, que tras la implementación de la nueva reforma tributaria, impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro, se permitirá deducir rentas exentas, cesantías o indemnizaciones por fallecimiento en 790 UVT, pues anteriormente la disminución equivalía a 2,880 UVT. Y, en cuanto a la deducción de intereses de préstamos para vivienda, Icetex u otros créditos educativos, se autorizó una reducción que pasó de 5.040 UVT a 1.340 UVT.
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