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BOGOTÁ

Conoce las restricciones para ciclomotores y motociclos en Bogotá: qué se puede y no se puede hacer

Algunas de las restricciones para este tipo de vehículos incluyen no transitar por andenes, ciclorutas y carriles exclusivos.

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A man and a woman are seen riding a moped in downtown Thessaloniki on 3 August, 2017. (Photo by Jaap Arriens/NurPhoto via Getty Images)
Jaap ArriensNurPhoto via Getty Images

La Secretaría de Movilidad de Bogotá expidió la resolución 137609 de 2023. En esta se establecen los requisitos y restricciones que tendrán los vehículos con motores de menos de 50 centímetros cúbicos. Esta norma ha sido creada para garantizar la seguridad de peatones, ciclistas y conductores en las vías de Bogotá.

Incumplir las normas establecidas acarreara multas económicas. Las sanciones podrán ser de entre $ $522.900 y $1.045.500. En los casos más graves se inmovilizará el vehículos. La Secretaria de Movilidad recalcó que desde diciembre de 2022 han realizado jornadas pedagógicas para que todos los ciudadanos conozcan las restricciones y requisitos.

¿Cuáles son las restricciones y requisitos para circular en un ciclomotor?

Una de las principales restricciones que tendrán estos vehículos es que no podrán circular por vías que estén destinadas para el tránsito de peatones y bicicletas tradicionales, esto incluye andenes y ciclorutas. En el caso de que deban hacer uso de puentes o intersecciones para peatones, deberán apagar su motor. Adicionalmente, se ha establecido que los ciclomotores no podrán hacer uso de los carriles exclusivos del sistema integrado de transporte.

También se estableció que quiénes hagan uso de ciclomotores tiene que portar casco y chaleco reflectivo con las placas del vehículo mientras se movilicen. Adicionalmente tendrán que hacer el respectivo registro en el RUNT y deberán adquirir una póliza del SOAT. No se exigirá que hagan una revisión técnico mecánica, pero si se aconseja que mantengan el vehículo en las mejores condiciones.

Por último es necesario recordar que para los ciclomotores también aplican todas las normas de tránsito vigentes para otros vehículos. Deben respetar los semáforos, las señales de tránsito y los límites de velocidad. Agentes de Tránsito y la división de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana de Bogotá, estarán a cargo de hacer cumplir esta reglamentación que ya es ley.