Alerta para todos los colombianos: la DIAN publicó esta noticia para reclamar los beneficios de la renta
Más de 200.000 contribuyentes podrán recibir la devolución de su dinero, luego de que la entidad inicie el proceso para saldos a favor tras las declaraciones.
Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de este año, la DIAN recibió más de 6.5 millones de declaraciones de renta, de las cuales más de 760.000 son de contribuyentes que presentaron su declaración por primera vez, obteniendo un recaudo total de $23.6 billones.
“De estos, $5.7 billones corresponden al impuesto a cargo tras la presentación de las declaraciones, mientras que $17.9 billones, a anticipos y retenciones practicadas a los contribuyentes con antelación”, indicó Carlos Emilio Betancourt, director general encargado de la entidad.
Tras concluido el periodo de recaudos, ahora es turno para que los contribuyentes recuperen su dinero y es que la DIAN anunció el inicio oficial del proceso de devolución de saldos a favor para las personas naturales que pagaron más de lo correspondiente durante el año gravable.
Este beneficio aplica cuando el contribuyente, al realizar su declaración de renta, tuvo retenciones, autorretenciones o anticipos mayores al impuesto real. En esos casos, la entidad permite solicitar la devolución o compensación del excedente a través de un trámite virtual.
¿Quiénes pueden reclamar este beneficio?
De acuerdo con la DIAN, las personas que hayan quedado con saldo a favor tras presentar su declaración tienen hasta dos años contados desde el vencimiento del plazo para declarar, para solicitar la devolución o compensación del monto. Este mismo término aplica para saldos arrastrados de años anteriores.
El procedimiento para reclamar el saldo a favor es completamente en línea y gratuito. La DIAN recomienda seguir estos pasos:
- Ingresar al portal www.dian.gov.co.
- Seleccionar el apartado “Procedimiento de Devolución/Compensación”.
- Escoger la opción “Saldos a favor” y luego “Impuesto sobre la Renta”.
- Diligenciar el Formulario 010 y adjuntar los documentos requeridos.
- Radicar la solicitud de forma electrónica.
Si el trámite cumple con los requisitos y no presenta inconsistencias, la DIAN podrá devolver el dinero en un plazo de 15 a 50 días hábiles, dependiendo del tipo de devolución (automática o manual).
Documentos obligatorios para el trámite
Para evitar demoras o rechazos, la DIAN recomienda tener listos los siguientes documentos:
- Formulario 010 diligenciado.
- Certificado bancario del titular o representante legal.
- Soportes de retenciones y pagos en exceso.
- Copia del RUT actualizado.
- Cuenta bancaria activa y registrada en el sistema.
Además, desde el año gravable 2023, la entidad habilitó la devolución de oficio, una medida que permite que ciertos contribuyentes reciban automáticamente el dinero sin tener que presentar solicitud, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
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