EDUCACIÓN

Adiós a las sanciones: los colegios no podrán prohibir la entrada a los estudiantes que incumplan esta normativa

Negar el ingreso a clases por no usar el uniforme escolar está prohibido en Colombia. La normativa protege el derecho a la educación y al libre desarrollo de la personalidad.

El 20 de enero comienza el año escolar en diferentes ciudades del país. Foto: 	Mariano Vimos - Colprensa.
Mariano Vimos
Paula Fresneda
Comunicadora social y periodista con 10 años de experiencia en medios de comunicación. Comentarista de diferentes disciplinas, amante de los deportes y enfocada en el deporte practicado por mujeres. Fanática del deporte olímpico y paralímpico.
Actualizado a

Según datos del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE), para julio de 2024, Colombia contaba con 43.729 sedes educativas oficiales en los niveles de preescolar, básica y media, administradas por las Secretarías de Educación. Estas instituciones reciben a miles de estudiantes bajo un reglamento.

Cada uno de estos colegios opera bajo un Manual de Convivencia, donde se establecen normas claras sobre comportamiento, presentación personal, relaciones interpersonales, evaluación académica, entrega de calificaciones y otros aspectos clave de la vida escolar.

Si bien cada institución tiene autonomía para definir sus reglas internas, estas no pueden vulnerar los derechos fundamentales de los estudiantes y, recientemente, la ley volvió a fallar a favor de los estudiantes y los padres de familia.

Colegios no podrán impedir ingreso de estudiantes por uniformes

En Colombia, las instituciones educativas no pueden impedir el ingreso de estudiantes que no porten el uniforme escolar, especialmente si la razón es la falta de recursos económicos. Este principio está respaldado por la Directiva Ministerial No. 07 de 2010 del Ministerio de Educación Nacional, que establece que la ausencia de uniforme no debe ser un obstáculo para el acceso a la educación.

La normativa también prohíbe que los colegios exijan uniformes de marcas específicas o de proveedores determinados, ya que esto podría generar discriminación o vulnerar los derechos fundamentales de los estudiantes. Las circulares 3 de 2014 y 7 de 2016 refuerzan esta disposición, indicando que cualquier acto discriminatorio, humillante o degradante hacia un estudiante por no portar el uniforme está estrictamente prohibido.

Noticias relacionadas

En caso de que una institución educativa incumpla estas normativas, los padres de familia o los estudiantes pueden presentar denuncias ante la secretaría de educación correspondiente y, si se considera que se están violando los derechos fundamentales de los estudiantes, se podrá interponer una acción de tutela.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Actualidad