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EDUCACIÓN

Las dos cosas que no pueden prohibir los colegios a sus estudiantes y puede costarles caro

De comprobarase que alguna institución educativa cohiba a niños, niñas y adolescentes de sus derechos fundamentales, podría recibir acciones legales.

El 20 de enero comienza el año escolar en diferentes ciudades del país. Foto: 	Mariano Vimos - Colprensa.
Mariano Vimos
Paula Fresneda
Comunicadora social y periodista con 10 años de experiencia en medios de comunicación. Comentarista de diferentes disciplinas, amante de los deportes y enfocada en el deporte practicado por mujeres. Fanática del deporte olímpico y paralímpico.
Actualizado a

De acuerdo con el Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE), para julio de 2024, Colombia contaba con 43.729 sedes educativas oficiales para preescolar, básica y media, que están bajo la responsabilidad de las Secretarías de Educación, instituciones que, por estos días, reciben a estudiantes de todo el país para el inicio de clases de la vigencia 2025.

Cada una de esos colegios o centros educativos cuenta con unas normativas dentro de su Manual de Convivencia, en el que se imponen ciertas reglas de comportamiento, vestimenta y trato a los estudiantes. Además, por supuesto, de poner claridad sobre temas de calificaciones, entrega de notas y demás.

Cada institución puede imponer sus reglas, siempre y cuando no vulnere los derechos fundamentales de los estudiantes y por estos días, con el regreso a clases, varias influencers y también firmas de abogados han hecho hincapié en la necesidad de conocer qué se puede y qué no se puede prohibir dentro de las aulas del país.

Dos prohibiciones que podrían tener penalizaciones

En su cuenta de la red social TikTok, Jackson Pélaez, de la firma JPelaez y Abogados, destacó que hay dos cosas que no se les puede prohibir a niños, niñas y adolescentes para poder ingresar a las instalaciones físicas de su respectiva institución educativa, pues son inconstitucionales y podrían generar problemas legales.

Según Peláez, “primero, no les pueden prohibir que vayan a estudiaar con piercing y, si es niño, que vaya con el cabello largo, así estén estipuladas en el manuel de convivencia porque va la Constitución Política y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos ante cualquier regulación que intenten hacer”.

@jacksonpelaezabogado

Dos cosas que no le pueden prohibir en su colegio #colombia #abogado

♬ sonido original - Jacksonpelaezabogado

Como segunda medida, los colegios o instituciones educativas públicas o privadas no podrán impedir el ingreso a clases de los estudiantes “porque no lleva los tenis del colegio porque usted no tuvo dinero para comprárselos, o en un momento no pudo comprarle el uniforme y le tocó enviarlo con ropa”, pues, de acuerdo con el abogado, estarían violando el derecho a la educación de sus hijos.

Si esto pasa, ¿qué puedo hacer como padre de familia?

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Los padres de familia que se percaten de estas situaciones o que reciban llamados de los colegios para quejarse de las situaciones mencionadas, podrán ir a la Personería de su respectiva ciudad y pedir allí ayuda para instaurar una acción de tutela.

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