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ECONOMÍA

Acabó el plazo de pago de la prima de mitad de año: qué hacer si no la recibí

En caso de que el empleador o la empresa no le haya pagado esta prestación se expone a diferentes sanciones.

Actualizado a
Dinero colombiano
ColprensaCOLPRENSA

El pasado domingo 30 de junio fue la fecha límite que tuvieron los empleadores o empresas para pagarle a sus trabajadores la prima de mitad de año, una prestación que es el equivalente a un mes de salario por cada año que haya trabajado.

Cabe mencionar que esta es una obligación legal que tienen todas las compañías del territorio nacional, por lo que en caso de no hacerlo pueden exponerse a diferentes sanciones. De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, estas multas pueden ir entre 1 a 5.000 salario mínimo legales mensuales vigentes, es decir, que para este año estaría en un estimado de $6.500 millones de pesos.

¿Qué hacer si no recibió la prima de mitad de año?

Es importante que tenga en cuenta que si su empleador no le pago la prima de mitad de año, esta situación puede ocasionar que un juez del trabajo ordene de manera inmediata el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago.

Con base en lo anterior, Camilo Mejía, country manager de la herramienta de software Buk Colombia, en diálogo con El Tiempo, habló sobre las implicaciones que puede acarrear el no pago de esta prestación por parte del empleador o empresa.

Si el empleador no paga la prima de servicios en el tiempo estipulado deberá indemnizar al trabajador con una cifra equivalente a un día de salario por cada día de mora. Esto no solo representa un costo adicional para la empresa, sino que también afecta la relación laboral y el bienestar del trabajador”, señaló Mejía.

Por su parte, el Ministerio de Justicia precisa que si usted tiene problemas con el reconocimiento o pago de la prima de servicios, es recomendable que trate de llegar a un acuerdo con su empleador antes de acudir a cualquier autoridad.

No obstante, en caso de que no haya logrado llegar a un acuerdo con su empleador, usted podrá acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación sólo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben.

Si presenta mayores inquietudes sobre el procedimiento ante el inspector del trabajo, podrá comunicarse desde su teléfono al número 01 8000 513 100, o a la línea de atención del Ministerio del Trabajo o ya sea a través de su página web.

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