Conmebol multa a Atlético Nacional tras partido ante Patronato
La Comisión Disciplinaria impuso sanciones económicas y una advertencia al equipo antioqueño luego del compromiso de Libertadores que disputaron en Argentina.
El pasado 5 de abril, Atlético Nacional comenzó su participación en la Copa Libertadores 2023. El equipo visitó a Patronato en el Estadio Brigadier General Estanislao López con victoria 1-2 con goles de Dorlan Pabón. La Comisión Disciplinaria informó que en ese juego se presentaron dos infracciones por parte de los colombianos que implicaron multas por 10 mil y 5 mil dólares que serán debitados por los derechos de televisión o patrocinio que recibirían. Además de una advertencia.
Las multas y advertencia que recibió Nacional fueron por incurrir en tres de los artículos que tiene el Código Disciplinario de la Conmebol en el que se prohíbe el uso de bengalas dentro de las tribunas de los estadios y que los seguidores del equipo colombiano utilizaron en territorio argentino. “Encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro tipo de objeto pirotécnico”, cita el artículo 12.2 literal C.
Conmebol advirtió al club para que no haya reincidencia en las mismas acciones que generaron estas multas. De ser así, podría aplicar el Artículo 27 que le daría sanciones importantes hasta de 2 años. “Desde la infracción anterior en caso de que dicha infracción guardase relación con el orden y la seguridad”, cita el Código.
Comunicado de la Comisión Disciplinaria de Conmebol
1. IMPONER al CLUB ATLÉTICO NACIONAL una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 11.2 literal l) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2. IMPONER al CLUB ATLÉTICO NACIONAL una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal c) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO NACIONAL que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.