COVID-19

Coronavirus: ¿en qué casos puedo retirar las cesantías?

La medida del retiro de cesantías favorece a aquellos trabajadores con recorte salarial o suspensión de contrato por la crisis del coronavirus.

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Coronavirus: ¿en qué casos puedo retirar las cesantías?

En Colombia avanza el Aislamiento Preventivo Obligatorio decretado por el Presidente de la República, Iván Duque, y que se extenderá hasta el domingo 26 de abril a las 23:59 horas como medida para prevenir la propagación del coronavirus, que ya tiene más de 3.000 casos confirmados en todo el territorio nacional y el número de víctimas ya superó los 100.

El Gobierno Nacional ha tomado diferentes medidas para mitigar el impacto generado por la crisis de la pandemia y entre ellas está el retiro parcial de cesantías para un sector de la población que se ha visto afectado a nivel laboral por esta situación.

¿Quiénes pueden retirar su cesantías?

Las cesantías funcionan como un seguro de desempleo que le permite a la persona subsistir por un tiempo mientras encuentra un nuevo trabajo. También pueden ser solicitadas para adquisición de vivienda o motivos de educación, pero en esta oportunidad el Gobierno permitirá que sirvan como ayuda para combatir la crisis.

"El trabajador que haya presentado una disminución de su ingreso mensual, certificada por su empleador, podrá retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante", indica una parte del Decreto 488.

La medida beneficia a los trabajadores que estén afiliados a los fondos privados de pensiones y cesantías: Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia. La Superintendencia Financiera agregó que el pago por retiro parcial de cesantías estará limitado al saldo disponible en la cuenta individual de cesantías de cada afiliado y el pago se abonará de forma mensual por el valor de la disminución del ingreso mensual certificado por el empleador o menos si el trabajador así lo solicita.

Canales virtuales habilitados para el retiro de cesantías

"Todo el proceso deberá hacerse preferiblemente a través de canales virtuales o remotos, como sitios web, call center, sistema de audio-respuestas y aplicaciones móviles (apps), entre otros. Igualmente, las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFPC) pueden establecer mecanismos excepcionales para los casos en los cuales el trabajador no cuente con acceso a Internet o no se encuentre bancarizado", señala un comunicado de la Presidencia.

Estos mecanismos están habilitados para evitar la aglomeración de personas en oficinas y garantizar la salud, tanto de los solicitantes como de empleados de los fondos de pensiones y cesantías.

Requisitos para el retiro parcial de cesantías

La solicitud del retiro parcial de cesantías debe estar acompañada de un certificado de reducción de ingresos emitido por el empleador y que incluya la siguiente información:

- Nombre o razón social del empleador junto con el tipo y número de identificación.
- Nombre y apellidos del trabajador junto con el tipo y número de identificación.
- Datos de contacto del empleador.
- Salario devengado por el trabajador a 1° de marzo de 2020.
- El monto de la disminución del ingreso mensual del trabajador.
- Periodo objeto de la reducción del ingreso.

Todos, contra el Coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Y recuerda, ¡quédate en casa!