CORONAVIRUS

Comparendo por violar la cuarentena: cómo apelar y descuentos por pronto pago

El Gobierno Nacional impuso la medida de aislamiento preventivo obligatorio desde el pasado 25 de marzo. La multa por no cumplir la cuerentena es de 936.320 pesos.

El Gobierno Nacional impuso la medida de aislamiento preventivo obligatorio desde el pasado 25 de marzo. La multa por no cumplir la cuerentena es de 936.320 pesos.

El Gobierno Nacional sigue tomando medidas para contrarrestar el impacto que ha tenido el COVID-19 en el país. Una de las medidas fue la del aislamiento preventivo obligatorio en todo el país y que comenzó a regir desde el pasado 25 de marzo hasta el 13 de abril. Sin embargo, el presidente Iván Duque confirmó que esta se amplió hasta el día 26 de ese mismo mes a las 23:59 horas.

Esta medida busca que las personas eviten salir de su casas y para evitar la propagación del coronavirus. Solo en algunas excepciones puntuales se podrá salir a la calle. Sin embargo, las personas que violen esta medida podrián exponerse a que les impogan un comparendo por 936.320 pesos.

En caso de que usted haya saltado la medida, la Policía Nacional le informará el debido proceso a seguir en donde le explicarán por qué se le está imponiendo el comparendo y podrá interponer un recurso de apelación ante la autoridad. Además se le confirmará que la multa, de acuerdo al Código de la Polícía, es tipo 4 (que equivale a un pago de 936.320 pesos)

Sí usted es multado, esto es lo que puede hacer

Apelar el comparendo

Si la persona multada no está de acuerdo, podrá acudir al inspector de la Policía en la zona donde cometió la infracción y podrá objetar dentro de los primeros tres días hábiles siguientes. La Policía impone la medida sancionatoria, pero es el inspector quien decide si se cometió una falta dentro de la medida.

La persona deberá anexar, en audiencia, los medios de pruebas como vídeos, testigos y documentos en los que argumente las razones por las que no se encontraba infringiendo la medida.

Descuento en la multa

Si usted decide pagar la multa y lo hace dentro de los primeros cinco días hábiles recibirá un descuento del 50%. Recuerde que este valor se puede cancelar en las cuentas habilitadas por la administración distrital o municipal.

Recuerde que las multas tipo 4 no podrán ser conmutadas por participación en programas comunitarios o en actividades pedagógicas de convivencia, estas solo aplican para las de tipo 1 y 2.

Una vez haya realizado el pago, deberá hacerlo llegar al inspector de Policía de la zona en donde usted infringió la norma para que sea excluido de la lista de deudores.

Todos, contra el Coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.