CORONAVIRUS

Decreto emergencia carcelaria 2020 por el coronavirus

El Director General del INPEC, Norberto Mujica, y la Ministra de Margarita Cabello, decidieron decretar la emergencia carcelaria por temas de salud y orden público.

Actualizado a
Decreto emergencia carcelaria 2020 por el coronavirus

La declaratoria de emergencia le permite al Inpec agilizar actos administrativos, traslados presupuestales y temas de contratación para garantizar la integridad y la salud de las personas privadas de la libertad en el contexto de la pandemia del coronavirus. Así mismo, en palabras de su director, posibilita mantener la administración de las cárceles.

El pasado fin de semana hubo amotinamientos en 13 cárceles del país, con 23 muertos en La Modelo de Bogotá. Los internos reclaman que no tienen garantías de salubridad frente a la pandemia y el Gobierno reaccionó a través del Ministerio de Justicia declarando la emergencia carcelaria, que podría establecer la detención domiciliaria para entre 4 mil y 15 mil detenidos que cumplirían con la norma. 

Medidas aplicadas

"Posibilidad de detención domiciliaria para mayores de 60 años, (que no estén condenados por delitos graves), personas enfermas, madres gestantes, o que ya tengan permiso de salida por 72 horas, entre otros que estamos analizando", sentenció el Ministerio de Justicia.

Estas medidas buscan "deshacinar los establecimientos de reclusión del orden nacional, y poder mitigar la posibilidad de contagio con COVID-19 de las personas privadas de la libertad", complementó el Ministerio.

Según la resolución 001144 del 22 de marzo de 2020, que firmó el director del INPEC, general Norberto Mujica. Habrá facultades para el titular de la entidad carcelaria que podrá hacer traslados, aislamientos, "uso racional de los medios extraordinarios de coerción" y el reclamo del apoyo de la fuerza pública.

También podrá suspender o reemplazar a personal del servicio penitenciario si se ve involucrado en los hechos, podrá pedir colaboración de autoridades sanitarias y de emergencia, podrá clausurar penales, podrá reducir los niveles de ocupación del centro de reclusión, traslados presupuestales y contratación directa.

¿Podrán excarcelar reclusos?

El INPEC fue claro al sentenciar que el estado de emergencia carcelaria no faculta a la Rama Ejecutiva para poder dejar en libertad a los presos, eso continúa siendo labor de la Judicial.

Todos, contra el Coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Y recuerda, ¡quédate en casa!