SEMANA SANTA

Semana Santa será descanso obligatorio para estos empleados en Colombia

Esto es todo lo que debe saber sobre los descansos a los que tienen derecho durante la próxima semana.

Creada con Inteligencia Artificial
Colaboradora en As Colombia
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
Actualizado a

Con la llegada de la Semana Santa, millones de colombianos se preparan para uno de los periodos de descanso más esperados del año. Esta celebración religiosa, que inicia el Domingo de Ramos, el 29 de marzo, y se extiende hasta el Domingo de Resurrección, el 5 de abril, es una de las épocas vacacionales más turísticas del país.

Pese a que tiene una duración de ocho días, los únicos festivos reconocidos por la ley son el Jueves Santo, el 2 de abril, y el Viernes Santo, el 3 de abril, fechas que no se trasladan y permanecen fijas en el calendario laboral y académico del país.

Ahora bien, dado que el Jueves Santo y el Viernes Santo son festivos nacionales en Colombia y, por tanto, constituyen días de descanso obligatorio tanto para los empleados del sector público como del privado, la gran mayoría de los trabajadores colombianos, independientemente del tamaño de la empresa o del tipo de contrato, tiene el respaldo legal para no presentarse a trabajar esos dos días sin que su salario sea afectado.

El empleador que desconozca este derecho, de hecho, incurre en una infracción laboral sancionable por el Ministerio del Trabajo. No obstante, los empleados pertenecientes a sectores que deben operar de manera ininterrumpida durante Semana Santa, como salud, seguridad, transporte, hotelería y algunos servicios de alimentos, la ley establece obligaciones de compensación.

Adicionalmente, el trabajador que labore en un día de descanso obligatorio tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado o a una retribución en dinero, a su elección. A esto se suma que a través de la Ley 2466 de 2025 se fijó un esquema gradual de recargos: desde el 1 de julio de 2025 el recargo por trabajar en día de descanso obligatorio es del 80%, subirá al 90% a partir del 1 de julio de 2026, y llegará al 100% desde el 1 de julio de 2027.

Aeropuerto El DoradoColprensa

¿Qué otros días pueden descansar los trabajadores en Semana Santa?

Al caer ambos festivos en días consecutivos, los colombianos podrán disfrutar de cuatro jornadas seguidas de descanso, es decir, desde el jueves 2 hasta el domingo 5 de abril. Sin embargo, lo que muchos trabajadores desconocen es que la ley proporciona días adicionales de descanso remunerado, más allá de esos festivos.

Uno de los beneficios más recientes proviene de la reforma laboral que el país ha venido implementando de forma gradual. Entre los beneficios disponibles se encuentra el llamado “día de la familia”, dirigido a empleados con jornadas de 44 horas semanales, quienes pueden solicitar este espacio de descanso coordinando previamente con su empleador.

Se trata de un día remunerado que puede programarse durante la semana, siempre que exista acuerdo entre las partes. Este beneficio cobra especial relevancia en el contexto de Semana Santa, cuando muchas familias buscan compartir tiempo juntas, teniendo en cuenta los empleadores están en la obligación de respetar este derecho sin descontar el valor del día del salario del trabajador.

Noticias relacionadas

A esto se suma otro beneficio que tienen los trabajadores que participaron en la jornada electoral del pasado 8 de marzo. Quienes votaron tienen derecho a medio día compensatorio remunerado, mientras que quienes se desempeñaron como jurados de votación pueden acceder a un día completo de descanso. En caso de haber ejercido ambas funciones, los trabajadores podrán acumular estos beneficios, llegando hasta día y medio de descanso adicional.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí

Etiquetado en:

Te recomendamos en Actualidad

Lo más visto

Más noticias