¿Qué pasa si tengo pico y placa en el día sin carro? ¿Puedo circular?
Además de las motos y carros particulares, no podrán circular en la ciudad los taxis con placas terminadas en 9 y 0 ni los vehículos híbridos o que funcionan a gas.
La Secretaría Distrital de Movilidad anunció que el próximo jueves 21 de septiembre adelantará la segunda jornada de día sin carro y sin moto desde las 5:00 de la mañana y hasta las 9:00 de la noche en Bogotá. De acuerdo con la entidad, los conductores que incumplan las medidas de restricción vehicular podrían recibir una multa de hasta $522.900 sumado a los gastos provocados por la inmovilización del automotor.
Sin embargo, de acuerdo con las autoridades, los conductores con vehículos particulares que se acogieron al permiso de pico y placa solidario, que actualmente tiene un precio diario de $58.178; mensual de $464.974 y semestral de $2.325.095, tampoco podrán circular en el día sin carro llevado a cabo en la capital del país. Por lo tanto, en caso de que el permiso ya se haya comprado, será válido para el siguiente día hábil con pico y placa.
¿Los taxis con pico y placa podrán circular en el día sin carro?
Las restricciones de pico y placa durante este 21 de septiembre también aplicarán para vehículos tipo taxi, por lo que los automotores de esta categoría con placas terminadas en 9 y 0 no podrán prestar servicio en la ciudad, teniendo en cuenta que las medidas de movilidad en Bogotá funcionarán durante los próximos días así:
Día de la semana | Restricciones de pico y placa |
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Miércoles 20 de septiembre | Placas terminadas en 1-2-3-4-5 |
Jueves 21 de septiembre | Día sin carro y sin moto |
Viernes 22 de septiembre | Placas terminadas en 1-2-3-4-5 |
Sábado 23 de septiembre | Placas terminadas en 6-7-8-9-0 |
Domingo 24 de septiembre | Placas terminadas en 1-2-3-4-5 |
Lunes 25 de septiembre | Placas terminadas en 6-7-8-9-0 |
Martes 26 de septiembre | Placas terminadas en 1-2-3-4-5 |
Miércoles 27 de septiembre | Placas terminadas en 6-7-8-9-0 |
De acuerdo con la Secretaría Distrital de Movilidad, además de los carros y motos particulares, tampoco podrán movilizarse los vehículos híbridos o que funcionan a gas, los vehículos blindados que no hacen parte de la Unidad Nacional de Protección, los vehículos de carga con restricciones y los vehículos de medios de comunicación que tienen placa amarilla.