Qué es y en qué consiste la expropiación administrativa que autorizó el Gobierno de Gustavo Petro
Presidencia reveló nueve decretos del estado de conmoción interior que han sido criticados por varios sectores políticos, entre ellos, el de la expropiación administrativa.


Este jueves 30 de enero el Gobierno Nacional dio a conocer los primeros decretos del estado de conmoción interior, declarado por el presidente Gustavo Petro para atender la crisis de seguridad que se vive desde hace varias semanas en la región del Catatumbo, Norte de Santader, por los ataques entre el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y las disidencias de las FARC.
El contenido de esos decretos ha generado polémica y levantado críticas, especialmente el artículo número cuatro, en el que se habla de la expropiación administrativa. “Autorizar la expropiación por vía administrativa en los términos del capítulo VII de la Ley 1523 de 2012 para concluir los procesos en curso de adquisición directa de predios en los programas especiales de dotación de tierras cuando fuese necesario para garantizar los procesos de retorno y estabilización de las víctimas de desplazamiento forzado, así como la reincorporación a la vida civil de excombatientes, en el marco de la grave perturbación del orden público declarada mediante el Decreto 0062 de 2025″, se lee dentro del documento.
Ojo con esta denuncia de @MirandaBogota. El Gobierno incluyó un mecanismo de expropiación “express” en uno de los decretos de conmoción interior. pic.twitter.com/sVzCEP5wCQ
— Lucas Pombo (@lucaspom) January 30, 2025
¿Qué es la expropiación administrativa y para qué sirve?
La expropiación administrativa es una herramienta legal que permite al Estado adquirir bienes privados para fines de interés público o social, garantizando siempre una indemnización justa a los propietarios afectados. “Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social”, dice la Constitución Política de Colombia.
Justamente en su artículo 58, la Constitución establece que la propiedad privada es un derecho garantizado, pero con una función social que implica obligaciones. Asimismo, dispone que, por motivos de utilidad pública o interés social definidos por el legislador, el Estado puede expropiar mediante sentencia judicial e indemnización previa. Sin embargo, en casos de guerra o calamidad pública, la expropiación puede realizarse sin indemnización previa.
En entrevista con Caracol Radio, la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, hizo una explicación detallada del decreto 108, asegurando que “la expropiación no es una confiscación; es una enajenación forzosa en la que se indemniza al propietario a valor comercial y se pone el terreno al servicio de objetivos de emergencia”.

Además, la jefe de cartera defendió la decisión del Gobierno y aseguró que, pese a las críticas, “lo que necesitamos es que los procesos de adquisición de tierras en curso se agilicen para garantizar un retorno seguro y la estabilización de los reincorporados y poblaciones desplazadas”, que hoy son cerca de 52.000 desde que comenzó el conflicto entre guerrillas en el Catatumbo.
“Es un atropello”: reacciones al Decreto 108
Una de las principales detractoras del Gobierno Petro, María Fernanda Cabal, manifestó su descontento en su cuenta de X y afirmó que no lo van a dejar prosperar. “La propiedad privada es un derecho del individuo y no vamos a permitir que Petro se robe la propiedad de los colombianos”, aseguró en un video.
Pretender la expropiación express usando como marco legal lo que ordena la Ley 1523 de 2012 sobre política de gestión del riesgo de desastres, no es compatible con la Conmoción Interior decretada por el desplazamiento de más de 50 mil ciudadanos en el Catatumbo.
— María Fernanda Cabal (@MariaFdaCabal) January 31, 2025
Una Conmoción… pic.twitter.com/ZrzxODaecw
Otra que levantó su voz fue la representante a la Cámara por el partido Alianza Verde, Katherine Miranda, quien no titubeó al expresar su descontento, pues dijo que “lo que no hemos pasado en el Congreso, ahora lo quieren hacer por Conmoción Interior. Quieren volver a meter la expropiación exprés, eliminando el debido proceso, la falta de control judicial y la legítima defensa a la propiedad privada”.
Por otro lado, María Fernanda Carrascal, representante a la Cámara por el Pacto Histórico, le contestó a Miranda desde su cuenta en la red social X pidiéndole que reconsidere su postura. “Oponerte a estas medidas significa negarle al Estado la capacidad ejecutiva que necesita para financiar y hacer viables proyectos que pueden transformar la región”.
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Además, aseguró que el Decreto 108 “es una cuestión de soberanía y de cómo se ejerce y se construye. Hay cosas más importantes que hacer en este momento que hacer un show en defensa de la propiedad privada cuando cualquiera con dos dedos de frente sabe que no está amenazada”.
Katherine, te equivocas gravemente al oponerte al uso de la expropiación administrativa para culminar los procesos de adquisición directa de predios destinados a la dotación de tierras en el Catatumbo.
— Mafe Carrascal Rojas (@MafeCarrascal) January 30, 2025
El problema de orden público en la región, con su carácter extraordinario,… https://t.co/AkIEYMYO3F
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