¿Pueden demoler su casa en Colombia si está mal construida? Esto dice la ley al respecto
La legislación nacional establece algunos parámetros a través de los que se regula la modificación de los antejardines.
Construir una vivienda o hacer ampliaciones sin conocer las normas puede terminar en consecuencias legales que van más allá de una multa. En Colombia, la ley permite que las autoridades ordenen la demolición de ciertas construcciones cuando estas invaden áreas protegidas por la normativa, como ocurre con los antejardines, espacios que, aunque pertenecen a un predio privado, cumplen una función de interés público.
Esta regulación está establecida en la Ley 388 de 1997, conocida como la Ley de Desarrollo Territorial, norma que expone los principios para el ordenamiento del suelo en los municipios y distritos del país. Su objetivo es garantizar que la propiedad privada cumpla una función social, proteger el espacio público, preservar el medioambiente y promover un crecimiento urbano organizado.
Para cumplir esos propósitos, las ciudades implementan instrumentos de planificación como el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), mediante el cual se definen los usos permitidos del suelo, las zonas de protección y las condiciones bajo las cuales pueden desarrollarse proyectos de construcción.
Uno de los aspectos que más dudas genera entre los propietarios es el manejo de los antejardines. De acuerdo con la normativa urbanística, se trata del área libre ubicada entre la línea de demarcación del predio y la fachada de la edificación que da hacia la vía pública. Aunque hace parte de un inmueble privado, tiene una función ambiental, paisajística y de integración con el espacio público, razón por la cual existen restricciones para construir sobre él.
¿En qué casos está prohibido construir en los antejardines en Colombia?
Por esa condición, la legislación establece que, como regla general, no está permitido desarrollar edificaciones permanentes en los antejardines. El propósito es conservar el perfil vial, garantizar condiciones de movilidad y proteger elementos que hacen parte del espacio público.
¿Significa esto que cualquier obra realizada en un antejardín será demolida? No necesariamente. La regulación explica escenarios en los que algunos usos pueden autorizarse, dependiendo de las disposiciones adoptadas por cada municipio y de las características del sector donde se ubique el predio.
Un documento del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio sobre el aprovechamiento de antejardines señala que algunos municipios permiten destinarlos a actividades comerciales, como restaurantes, cafeterías, panaderías o heladerías, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la reglamentación local y se obtengan los permisos correspondientes. En Bogotá, por ejemplo, estos usos requieren autorización y licencia de construcción cuando la normativa lo exige.
Noticias relacionadas
En la capital también existe la posibilidad de autorizar determinados aprovechamientos en zonas comerciales. Sin embargo, cuando las construcciones se realizan sin autorización o incumplen las normas urbanísticas, las autoridades pueden intervenir. Un concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP) señala que las construcciones ilegales en antejardines, independientemente de su antigüedad, vulneran las normas nacionales y distritales de protección del espacio público, por lo que pueden ser retiradas.
¡Lleva el deporte contigo! Descarga la App de AS para recibir alertas al instante y configura en MiZona qué quieres leer, sigue a tus equipos y consulta sus partidos. Descárgala aquí. ¿Además buscas licenciar contenido? Haz clic aquí