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JUSTICIA

Ministerio de la Igualdad: Por qué la Corte Constitucional determina que no exista desde 2026

El Alto Tribunal tumbó la Ley 2281 de 2024, que permitió la creación del ministerio impulsado por la vicepresidenta Francia Márquez.

Actualizado a
Francia Márquez, candidata a la Vicepresidencia de Colombia.
Colprensa

Luego de haber considerado que se presentaron vicios en el trámite dentro del Congreso de la República frente a la ley que permitió la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad, en la noche del pasado miércoles 8 de mayo la Corte Constitucional optó por tumbar dicha ley.

De acuerdo con el Alto Tribunal, se tomó la decisión de tumbar y dejar sin efectos la Ley 2281 de 2024, por la cual se creó el nuevo ministerio impulsado por la vicepresidenta Francia Márquez. De hecho, la Corte a través de su ponencia argumentó que entre los vicios que se hallaron se encuentra el denominado “procedimiento insubsanable”.

Justamente, este hace referencia a que no se presentó ni se desarrolló un informe del impacto fiscal al crear esta cartera, que fue una de las principales banderas dentro de Francia Márquez tanto en su campaña como cuando se unió a Gustavo Petro.

¿Qué quiere decir la decisión la decisión de la Corte?

Lo anterior traduce que, en la Ley 2281 de 2024 no se sustentó el costo real de la creación del ministerio, sino que se estimó una cifra de 18.239 millones de pesos en la ponencia de primer debate en las comisiones conjuntas. Además, el Alto Tribunal determinó que se violó el artículo 151 de la Constitución, el cual es claro en los requisitos que deben tener en cuenta para la aprobación de las leyes ordinarias, previstos en la Ley 819 de 2003.

No obstante, la Corte Constitucional dejó en claro que se difirió los efectos de la decisión, por el término de dos legislaturas, las cuales serán contadas a partir del próximo 20 de julio del presente año. “Una vez culmine la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 de 2023 dejará de producir efectos definitivamente y no formará parte del ordenamiento jurídico”, sentenció el Alto Tribunal.

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