Malas noticias para quienes tienen empleada doméstica: la importante prestación que les deberán pagar a partir de aquí
El plazo máximo que tienen las empresas para consignar el pago de las cesantías es hasta el 14 de febrero en el fondo correspondiente.


De acuerdo con lo informado por el Ministerio de Justicia, las cesantías son un ahorro que cada empleado realiza a través de un contrato laboral a término fijo o indefinido. Este dinero solo se podrá usar para educación o arreglos en vivienda. Además, los intereses son la ganancia que obtiene anual.
Según lo informado por el Portal Terra, las prestaciones sociales de las empleadas domésticas se encuentran con varias dificultades que han impedido la normalización, pues según las cifras del DANE, solo el 21% de las trabajadoras cuentan con un trato formal con la empresa.
Porvenir indicó que aquellas que tengan un tipo de contrato fijo o indefinido con el empleador deberán recibir las cesantías. Este dinero deberá ser consignado antes del 14 de febrero en el fondo de cesantías al que la persona está afiliada.
¿Cómo calcular el pago de las cesantías?
Las cesantías y sus intereses hacen parte de las prestaciones de ley que los colombianos reciben al momento de firmar un contrato laboral a término fijo o indefinido. La empresa se encuentra en la obligación de consignar anualmente a la cuenta bancaria los intereses de las cesantías.
“El empleador debe cancelar al trabajador de manera directa los intereses a las cesantías con base en una tarifa del 12% anual o proporcional por fracción del año trabajado. La fórmula para calcular los intereses de las cesantías es: Cesantías x Días trabajados x 0,12 ÷ 360″, indicó el Ministerio de Justicia.
Sin embargo, aquellos colombianos que están trabajando y ganan un salario integral, que tienen un contrato por prestación de servicios o trabajos informales, no recibirán este pago.
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