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Llegan varios cambios: estos son los pensionados de Colpensiones que recibirán la mesada 14 en 2025

Este beneficio económico será entregado cada año en el mes de junio, según lo informado por la ley.

Llegan varios cambios: estos son los pensionados de Colpensiones que recibirán la mesada 14 en 2025
Paula Camila Molano
Comunicadora Social y Periodista del Politécnico Grancolombiano, con énfasis en Periodismo. Estuvo en Caracol Radio en deportes como practicante en 2023 e ingreso a Diario AS en 2024. Le apasiona el deporte, el fútbol y el tenis.
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De acuerdo con lo establecido en la ley 100 de 1993 la Mesada 14 es un pago anual que reciben ciertas personas pensionadas de manera anual. Entre os beneficiados están los jubilados por invalidez, vejez y sobrevivientes, de sectores públicos, oficial, semioficial, entre otros.

Estos pagos se deberán efectuar en el mes de junio de cada año y es causado por 30 días de la pensión que le corresponda a cada uno de ellos por el régimen correspondiente. Además, la ley agregó que los jubilados por el orden nacional serán reajustados en el decreto 2108 de 1992 y recibirán el “pago de los 30 días de la mesada adicional”.

“Así como los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, cuyas pensiones se hubiesen causado y reconocido antes del primero (1.) de enero de 1988, tendrán derecho al reconocimiento y pago de treinta (30) días de la pensión que le corresponda a cada uno de ellos por el régimen respectivo, que se cancelará con la mesada del mes de junio de cada año, a partir de 1994″, indicó la norma en el artículo 142.

¿Quiénes podrán recibir la mesada 14 en el 2025?

Según con la información dada por W Radio, la mesada 14 es entregada a las personas pensionadas que del Régimen de Prima Media (RPM) y es entregado por la entidad del Gobierno, Colpensiones.

Entre los requisitos para que los colombianos puedan recibir este beneficio económico está que se hayan pensionado antes del 25 de julio del 2005 y no contar con una pensión de más de 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Mientras que aquellos que se jubilaron entre el 25 de julio del 2005 y el 31 de julio del 2011 no pueden recibir una pensión de 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Es importante recordar que los colombianos que superen estos topes no recibirán esta ayuda económica.

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