Las fechas clave del calendario de la Declaración de Renta 2025
Los contribuyentes que omitan el pago de la declaración de renta en este presente año se enfrentarán a una multa no inferior de 498.000 pesos.


La declaración de renta es una obligación que todos los contribuyentes deben prepararse después de mitad de año, especialmente en los meses agosto, septiembre y octubre, pero para poder cumplir con esta obligación financiera, se realiza por los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), según el calendario tributario.
Es importante recordar que aquellos que no efectúen el pago el día en el que les corresponde declarar renta pueden ser sancionados económicamente al no pagar el día que a su NIT le corresponda. Esta multa no podrá ser inferior a los $498 mil pesos para este 2025. Según la DIAN, aquellos colombianos que cumplan con los topes en diferentes aspectos deben declarar renta.
También cabe resaltar que los pagos se realizan en días hábiles, es decir, que los fines de semana y festivos no estarán habilitados para presentar la declaración. Esta obligación financiera se realiza el día correspondiente según los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).
¿Cómo saber si declarar o no renta?
- Ingresos brutos iguales o superiores: Durante el año 2024 los ingresos totales fueron iguales o superiores a $69.718.699, es decir, 1.400 UVT.
- Patrimonioo bruto: Si al 31 de diciembre del 2024 tuvo un patrimonio bruto superior de $224.095.500.
- Consumos con tarjeta de crédito: Si los consumos en el 2024 fueron superiores a $69.718.699.
¿Cuál es el calendario de la DIAN para realizar la Declaración de la Renta en 2025?
Desde el próximo martes 12 de agosto hasta el 24 de octubre, los colombianos podrán empezar a realizar el pago de la declaración de renta el día que les corresponde así lo anunció la DIAN por medio del calendario tributario. A su vez, la entidad reveló el tiempo establecido para las personas jurídicas y grandes contribuyentes.
Aquellas personas que les corresponde cumplir con esta responsabilidad financiera tendrán que alistar varios documentos como los extractos bancarios y movimientos de tarjetas de crédito; pagos recientes de impuestos de vehículos; certificados de medicina prepagada; certificados de ingresos y retenciones emitidos por las compañías en las que trabajo en el 2024; entre otros.
Últimos dígitos del NIT que declaran renta en agosto:
- 12 de agosto: 1 y 2
- 13 de agosto: 3 y 4
- 14 de agosto: 5 y 6
- 15 de agosto: 7 y 8
- 19 de agosto: 9 y 10
- 20 de agosto: 11 y 12
- 21 de agosto: 13 y 14
- 22 de agosto: 15 y 16
- 25 de agosto: 17 y 18
- 26 de agosto: 19 y 20
- 27 de agosto: 21 y 22
- 28 de agosto: 23 y 24
- 29 de agosto: 25 y 26
Últimos dígitos del NIT que declaran renta en septiembre:
- 1 de septiembre: 27 y 28
- 2 de septiembre: 29 y 30
- 3 de septiembre: 31 y 32
- 4 de septiembre: 33 y 34
- 5 de septiembre: 35 y 36
- 8 de septiembre: 37 y 38
- 9 de septiembre: 39 y 40
- 10 de septiembre: 41 y 42
- 11 de septiembre: 43 y 44
- 12 de septiembre: 45 y 46
- 15 de septiembre: 47 y 48
- 16 de septiembre: 49 y 50
- 17 de septiembre: 51 y 52
- 18 de septiembre: 53 y 54
- 19 de septiembre: 55 y 56
- 22 de septiembre: 57 y 58
- 23 de septiembre: 59 y 60
- 24 de septiembre: 61 y 62
- 25 de septiembre: 63 y 64
- 26 de septiembre: 65 y 66
Últimos dígitos del NIT que declaran renta en octubre:
- 1 de octubre: 67 y 68
- 2 de octubre: 69 y 70
- 3 de cotubre: 71 y 72
- 6 de octubre: 73 y 74
- 7 de octubre: 75 y 76
- 8 de octubre: 77 y 78
- 9 de octubre: 79 y 80
- 10 de octubre: 81 y 82
- 14 de octubre: 83 y 84
- 15 de octubre: 85 y 86
- 16 de octubre: 87 y 88
- 17 de octubre: 89 y 90
- 20 de octubre: 91 y 92
- 21 de octubre: 93 y 94
- 22 de octubre: 95 y 96
- 23 de octubre: 97 y 98
- 24 de octubre: 99 y 00
Los grandes contribuyentes tuvieron que pagar la primera cuota de las obligaciones tributarias el pasado lunes 24 de febrero. Mientras que el segundo aporte y el anticipo a la cuota uno de puntos adicionales será desde el 9 hasta el 24 de abril. Y, por último, el tercer pago será en junio, del 11 al 25.
La declaración de renta para las personas jurídicas comenzará el 12 de mayo y terminará el 23 para presentar la declaración y la primera parte del pago. Mientras que desde el 9 de julio hasta el 22 del mismo mes será la segunda cuota.
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