La importante multa a la que te enfrentas si no acudes como jurado de votación en las elecciones presidenciales 2026
Estas son las consecuencias a las que podría enfrentarse en caso de ser designado por la Registraduría y no cumplir con sus funciones.
En Colombia, la asignación como jurado de votación no es una invitación, sino una obligación legal que puede suponer sanciones económicas para quienes no cumplan con el deber asignado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. La entidad recordó que las personas seleccionadas y notificadas que no se presenten a ejercer esta función, o abandonen la mesa durante la jornada electoral sin justificación válida, podrán enfrentar multas de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes o incluso la destitución del cargo, si se trata de servidores públicos.
La advertencia fue presentada en medio de la preparación de las elecciones presidenciales de 2026, proceso para el cual fueron designados más de 850.000 jurados de votación en el país. Estos ciudadanos tendrán la responsabilidad de instalar las mesas, verificar la identidad de los votantes, entregar tarjetones, registrar sufragantes, custodiar las urnas y participar en el conteo de votos y diligenciamiento de formularios electorales.
De acuerdo con la Registraduría, quienes hayan sido escogidos como jurados deben asistir obligatoriamente a las capacitaciones programadas y presentarse el día de la elección antes de las 7:30 de la mañana en el puesto asignado. La entidad señaló que el desconocimiento de la designación no exime automáticamente de responsabilidad, pues la consulta puede hacerse tanto en el portal web como en los listados publicados en lugares visibles.
¿De cuánto es la sanción por no cumplir con las funciones de jurado?
En el caso de empleados públicos, la consecuencia puede ser la destitución del cargo que desempeñan. Para trabajadores del sector privado, independientes o personas sin vinculación con el Estado, la sanción económica puede ascender hasta 10 salarios mínimos legales vigentes, una cifra que actualmente supera los 17 millones de pesos.
La Registraduría también explicó que existen causales válidas para excusarse del servicio. Entre ellas se encuentran enfermedades graves del jurado o de un familiar cercano, muerte de familiares, no residir en el lugar donde fue designado, estar fuera del país o no pertenecer al censo electoral del municipio asignado. Estas situaciones deben ser soportadas y presentadas dentro de los plazos establecidos por la autoridad electoral.
Otro de los puntos que ha generado interés entre los ciudadanos es el beneficio otorgado a quienes sí cumplen con la labor. La legislación colombiana establece que tanto empleados del sector público como del privado tendrán derecho a un día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la jornada electoral.
La Registraduría ha insistido en que el papel de los jurados es fundamental para garantizar la transparencia y legitimidad de las elecciones. Precisamente por eso, el proceso de selección se realiza mediante sorteo electrónico entre ciudadanos postulados por empresas, instituciones educativas, entidades públicas y agrupaciones políticas. Según cifras de la entidad, para las elecciones legislativas y consultas presidenciales de este año fueron convocadas más de 862.000 personas en todo el territorio nacional.
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La entidad electoral también recordó que hay grupos que no pueden ser designados como jurados de votación. Entre ellos están los menores de edad, excepto en elecciones juveniles, miembros de la Fuerza Pública, funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, directivos de partidos políticos, candidatos y familiares directos de funcionarios electorales.
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