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IMPUESTOS

Impuesto vehicular: ¿qué motos están exentas de pagarlo y por qué motivos?

Una revisión a las políticas de incentivo a la movilidad sostenible y el acceso al transporte individual en Colombia.

Alejandra López
las motocicletas con un cilindraje de 125 centímetros cúbicos están exentas del impuesto vehicular en Colombia,
ALCALDÍA DE IBAGUÉTWITTER OFICIAL

En Colombia, el impuesto vehicular es una obligación para muchos propietarios de vehículos, pero hay una categoría de motocicletas exentas de este gravamen. ¿Cuáles son y cuál es el motivo detrás de esta exención?

Según la normativa colombiana, las motocicletas con un cilindraje igual o inferior a 125 centímetros cúbicos están libres del impuesto vehicular. Esta exención, respaldada por el artículo 141 de la Ley 488 de 1998, busca promover la movilidad sostenible y facilitar el acceso a vehículos individuales para sectores de la población con menores recursos.

Las motos de bajo cilindraje, como motonetas y bicicletas motorizadas, son ampliamente utilizadas en Colombia como medios de transporte económicos y eficientes en zonas urbanas y rurales. Eximirlas de este impuesto disminuye la carga financiera para sus propietarios y contribuye a la movilidad de la población.

Además, esta medida fomenta la formalización del parque automotor al incentivar la adquisición de vehículos más pequeños y menos contaminantes, lo que ayuda a reducir la congestión vehicular y la contaminación ambiental.

Esta exención no solo beneficia a los propietarios de motocicletas, sino que también tiene impactos positivos en la economía y el medio ambiente a nivel nacional.

¿Qué es el impuesto de vehículos automotores?

Es un tributo recaudatorio establecido por el gobierno colombiano, y se aplica a todos los vehículos que circulan en el país, independientemente de si son nuevos o de segunda mano, e incluso aquellos que ingresan temporalmente al territorio colombiano. Este impuesto es directamente responsabilidad del propietario registrado al momento de matricular el vehículo.

Cálculo del impuesto.

El cálculo del impuesto sobre vehículos automotores en Colombia sigue un esquema fijo, es decir, su valor nominal no cambia de un año a otro. Sin embargo, lo que sí varía es la base imponible mínima según el rango de valor del vehículo, establecida para el año actual de la siguiente manera:

  • Para vehículos con un precio hasta $50.954.000, la tasa es del 1.5%.
  • Para vehículos cuyo precio se encuentre entre $50.954.000 y $114.644.000, la tasa es del 2.5%.
  • Para vehículos con un precio superior a $114.644.000, la tasa asciende al 3.5%.

Estos valores han sido actualizados para el año 2024. La base imponible se deriva del valor del vehículo, el cual es emitido anualmente por el Ministerio del Transporte desde noviembre de 2021.

Para determinar el monto a pagar, basta con realizar un avalúo comercial que refleje el valor actualizado del vehículo. Además, es importante considerar aspectos como la clase del vehículo (automóvil o motocicleta), su uso (carga o transporte) y las características específicas del mismo, como marca, modelo y capacidad, entre otros detalles.

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