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IMPUESTOS

Impuesto del ICA: ¿hasta cuándo hay plazo para pagar la cuarta cuota y cómo realizar el pago?

Conozca cómo por medio de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda puede pagar de manera segura esta obligación.

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Impuesto del ICA: ¿hasta cuándo hay plazo para pagar la cuarta cuota y cómo realizar el pago?
Foto: Google

Según información publicada por la Secretaría Distrital de Hacienda, el impuesto de Industria y Comercio (ICA), “se genera por el ejercicio o la realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicio en jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumpla de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ello”.

En la capital colombiana, este impuesto es recaudado y controlado por la Secretaría Distrital de Hacienda, y este debe ser declarado por trabajadores independientes, personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho o uniones temporales.

¿Hasta cuándo hay plazo para pagar la cuarta cuota?

De acuerdo con la Secretaría Distrital de Hacienda, este próximo viernes 20 de octubre vence el plazo para que los contribuyentes del impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Tableros, ICA, declaren el cuarto bimestre de 2023.

Cabe mencionar que después de que pase la fecha límite, los contribuyentes o ciudadanos que deben cumplir con el impuesto tendrán que asumir una serie de sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Recuerde que este impuesto corresponde a los ingresos obtenidos entre julio y agosto de este año por parte de los contribuyentes del régimen común bimestral, es decir, que están obligados todos aquellos que durante el 2022, declararon un impuesto superior a $14.859.564 (391 UVT).

¿Cómo pagar por la Oficina Virtual?

Las personas que deseen cumplir con el pago del impuesto, pueden realizar el trámite ingresando a la página de la Oficina Virtual. Allí, podrá hacer la declaración correspondiente y efectuar el pago a través del botón dispuesto para dicho fin.

Además, el pago del impuesto se puede hacer de forma presencial en las ventanillas de las entidades financieras que tienen convenio de recaudo vigente con la Secretaría Distrital de Hacienda. Recuerde que los contribuyentes del impuesto de Industria, Comercio y Avisos y Tableros (ICA) deben estar preparados para cumplir con las dos últimas cuotas establecidas: Quito bimestre (15 de diciembre) y Sexto bimestre (16 de febrero de 2024).