Caracol Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ECONOMÍA

Impuesto al patrimonio 2023: cómo pagarlo, requisitos y qué debo hacer

La evasión de este impuesto podría suponer la imposición de una denuncia o investigación ante la Fiscalía dado que es un delito contra la administración pública.

Agosto 12 de 2014. Bogotá, Colombia. Los puntos de atención de la Dian para cumplir con el requisito de pago por impuesto de la renta.  (Colprensa - Mauricio Alvarado)
ColprensaMauricio Alvarado

El impuesto al patrimonio es un tributo que grava el valor neto de los activos de los contribuyentes, es decir, es una obligación financiera que recae en las propiedades o posesiones que hacen parte del patrimonio de una persona natural o jurídica, una empresa u otro tipo de sociedad. Esta responsabilidad tributaria aplica a un patrimonio líquido igual o superior a 72 mil UVT (Unidad de Valor Tributario) que, para este año, corresponde a alrededor de tres mil millones de pesos colombianos.

El impuesto al patrimonio se calcula de acuerdo con el valor total de los activos y, por lo tanto, se descuentan las deudas y extensiones permitidas por las normas vigentes. En Colombia, por ejemplo, esta responsabilidad financiera es establecida como un impuesto progresivo y temporal y, además, sólo deben pagarlo las personas que no declaran renta.

¿Cómo pagar el impuesto al patrimonio en 2023?

El impuesto al patrimonio debe ser declarado y retribuido a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). De acuerdo con la entidad, los contribuyentes a quienes se les genere esta responsabilidad debieron presentar la declaración y el pago de la primera cuota entre el 9 y el 23 de mayo de este año. De hecho, las fechas de vencimiento de la segunda cuota del impuesto al patrimonio serán entre el 7 y el 20 de septiembre de 2023, según el último dígito del NIT.

Para este año, hay tres formas de realizar el pago del impuesto patrimonial: de manera presencial, llevando el recibo oficial de pago emitido por los servicios digitales de la DIAN; a través del canal de pago de la entidad bancaria de su preferencia o desde los servicios virtuales de la entidad vinculada con la dirección electrónica del banco elegido como contribuyente, declarante o usuario aduanero.

Tenga en cuenta que, en caso de evadir el impuesto, el organismo puede iniciar un proceso de denuncia con la Fiscalía General de la Nación pues, en los últimos meses, la DIAN aseguró que interpuso investigaciones contra las personas jurídicas que omitían la retención en la fuente y los agentes retenedores (del IVA) e impoconsumo. En efecto, según la fiscal Esperanza Herrera, la evasión de impuestos es “un delito contra la administración pública, cuya víctima en este caso es el Estado”.