Estos son los jóvenes que se librarán de prestar servicio militar gracias a esta ley colombiana
Consulte cuáles son las condiciones que debe cumplir para ser eximido de la obligatoriedad de este requisito nacional.
Las condiciones sobre la prestación del servicio militar en Colombia ha sufrido transformaciones durante los últimos años debido a la aprobación de normas que limitan ciertas prácticas históricas de reclutamiento a través de las que cientos de colombianos se han visto obligados a sumarse a las filas de las Fuerzas Militares.
De acuerdo con la Ley 1861 de 2017, a través de la que se regula la obligatoriedad del servicio militar, las formas de reclutamiento, el control de reservas y la movilización de jóvenes colombianos hacia las Fuerzas Militares, el servicio militar es una obligación de todos los ciudadanos mayores de 18 años.
Según esta normativa, “el servicio militar obligatorio es un deber constitucional dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la Fuerza Pública (...) Todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan, para defender la independencia nacional, y las instituciones públicas con los beneficios y exclusiones que establece la presente Ley”.
Estos son los cambios en la prestación del servicio militar en Colombia
Sin embargo, una de las principales transformaciones legales que ha generado alivio entre los jóvenes colombianos es la prohibición expresa de las detenciones en la calle por parte de miembros del Ejército Nacional con el fin de verificar la situación militar. A través de este método, cientos de jóvenes eran recluidos de manera forzosa para cumplir con la prestación del servicio.
Esta modalidad, que históricamente afectó a miles de jóvenes que transitaban en espacios públicos y que eran abordados por militares para solicitar la libreta militar o un documento que acreditara que estaban estudiando, fue prohibida por el parágrafo 2.º del artículo 4.º de la ley 1861.
En la actualidad, la ley colombiana señala que “por ningún motivo se permitirá a la fuerza pública realizar detenciones, ni operativos sorpresa para aprehender a los colombianos que a ese momento no se hubieran presentado o prestado el servicio militar obligatorio”. Sin embargo, la ley mantiene la obligatoriedad de los jóvenes de presentarse ante las autoridades para definir la situación militar, lo cual puede incluir la prestación del servicio o la certificación de exención en los casos previstos por la ley.
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De hecho, la normativa establece un catálogo de condiciones que eximen a los ciudadanos de prestar el servicio militar o de la obligación de presentarse físicamente a los centros de reclutamiento, siempre y cuando se acredite la situación correspondiente. Estos son algunos de los casos en los que se exime la prestación del servicio:
- Ser hijo único.
- Ser huérfano que sustenta a hermanos menores.
- Tener padres en incapacidad para subsistir.
- Ser casado o declarar unión marital de hecho.
- Tener alguna discapacidad.
- Pertenecer a pueblos indígenas.
- Ser víctima del conflicto armado.
- Presentar la objeción de conciencia.
- Ser padre de familia.
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