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¿En qué consiste el control de precios propuesto por Petro y qué necesita para salir adelante?

La decisión la tomó el mandatario colombiano basándose en el artículo 370 de la Constitución Política y la Ley 142 de 1994.

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Hace unos días el presidente de Colombia, Gustavo Petro anunció que asumirá el control de la regulación de los servicios públicos domiciliarios en el país. “De acuerdo al artículo 370 de la constitución y el 68 de la ley 142 de 1994, retomo las funciones de control y politicas generales de administración de servicios públicos que la presidencia habia delegado en las comisiones reguladoras” fue lo que trinó el mandatario sobre esto.

Igualmente, el jefe de estado añadió que “Pues este Presidente ha decidido no delegar sus funciones de las Comisiones de Regulación de servicios públicos, al menos por un tiempo, entonces voy a asumir el control, las políticas generales de administración de los servicios públicos de Colombia directa y personalmente, en función de lo que la misma ley dice, primero el interés general y del usuario que se ha puesto es al revés en los últimos años en Colombia”.

¿En qué consiste el control de precios propuesto por Petro?

Según se tiene entendido, la decisión la tomó el mandatario colombiano basándose en el artículo 370 de la Constitución Política y la Ley 142 de 1994 “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.” Esto significa que el Gobierno establecería la tarifa a la que se pagan los bienes o establece uno precios mínimos y máximos. Lo que implica que las empresas deben cumplir con los parámetros y señalamiento que da el gobierno nacional en materia de servicios.

Sobre esto, Petro enfatizó en “Qué significa esto, que el presidente de la República, no el Congreso, no el ministro, la Fuerza Pública, no el alcalde, no el gobernador, sino que el presidente de la República por orden constitucional tiene la facultad de generar las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios que son el agua, la luz”, explicó.

Es importante recordar que las comisiones de servicios públicos en Colombia son, la Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, de Regulación de Energía y Gas Combustible y de Regulación de Telecomunicaciones.

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