El nuevo proyecto de ley que garantiza un cobro extra a algunos estratos: monto y quién lo recibe
El cobro adicional estará destinado para financiar proyectos de infraestructura, servicios públicos y programas sociales.
Son varios los ciudadanos en el país que se deciden vivir en conjuntos residenciales por diversos motivos, entre ellos por comodidad, seguridad y la vigilancia que tienen estos espacios. Por esta razón, las normativas que regulan a la propiedad horizontal resultan ser de gran importancia para esta parte de la población nacional.
Estos bienes están cobijados por la Ley 675 de 2001, más conocida como la Ley de Propiedad Horizontal. Sin embargo, ya fue radicado un proyecto de ley que busca reformar esta norma, por lo que uno de los ajustes tiene que ver con al artículo 8, que se refiere a la certificación sobre existencia y representación legal de la persona jurídica.
“La inscripción y posterior certificación sobre la existencia y representación legal de las personas jurídicas a las que alude esta ley, corresponde al Alcalde Municipal o Distrital del lugar de ubicación del edificio o conjunto, a la persona o entidad en quien este delegue esta facultad”, señala.
¿Qué más se sabe sobre el proyecto que busca un cobro adicional para algunos estratos?
La reciente presentación del proyecto de ley propone un cobro adicional para las personas que residen o viven en conjuntos residenciales de estratos 3, 4, 5 y 6. De hecho, este trámite le corresponde a la Cámara de Comercio del lugar de ubicación del conjunto o edificio.
La inscripción, o eventual actualización se ejecutará por medio de las presentación de la escritura registrada y los documentos que acrediten o avalen al representante legal y revisor fiscal ante el funcionario o entidad competente.
De igual manera, aclara que en ningún caso se podrán exigir trámites o requisitos adicionales para la inscripción o actualización de las certificaciones de representación legal, a no ser de que en oficio o a petición de parte se requiera la verificación de la identidad del sujeto que solicita dicho registro. No obstante, lo que más destaca sobre el cambio propuestos es que este proceso será gratuito solamente para las propiedades horizontales cuyo estrato sea 1 y 2.
¿Cómo hacer el trámite y cuáles son los pasos?
Según lo expuesto por la Alcaldía de Bogotá, actualmente el proceso no tiene ningún costo y puede realizarse de manera virtual. Antes de comenzar, es indispensable que reúna los siguientes documentos que le permitirán cumplir con los requisitos para el trámite:
Una vez haya cumplido con lo anterior, el ciudadano deberá dirigirse al Sistema de Trámites y Servicios. Luego, tendrá que registrarse y diligenciar el formulario correspondientes, por lo que al recibir su usuario y contraseña, la persona debe seleccionar la opción ‘Trámite – Inscripción o cambio del representante legal y/o revisor fiscal de las Propiedad Horizontal’.
Cabe señalar que esta propuesta que tiene no solo tiene como finalidad ajustar el sistema administrativo, sino que también su propósito consiste en fomentar una mayor equidad en la carga económica de los trámites legales que están relacionados con la propiedad horizontal. Sin embargo, esta medida ha generado preocupación entre los ciudadanos que viven en estratos altos, quienes tendrán que adaptarse a estos nuevos costos adicionales.
Mientras se espera la aprobación de este proyecto, es de gran importancia que los propietarios de conjuntos residenciales se mantengan informados sobre las posibles complicaciones y preparen los documentos que den cumplimiento con las nuevas regulaciones.
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