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POLÍTICA

El Consejo de Estado decidió que Miguel Polo Polo conservará su curul en el Congreso

El representante a la cámara tenía varias demandas en contra de su curul en la circunscripción afro. Afirmaban que él no cumplía con las condiciones para ocupar este puesto.

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COLPRENSAColprensa

Este 31 de agosto se conoció la decisión del Consejo de Estado sobre la curul de Miguel Polo Polo. El lugar del representante a la cámara en el congreso había sido demandado. Las acusaciones buscaban que él perdiera su escaño en la circunscripción afrodescendiente en la Cámara de Representantes.

El alto tribunal falló a favor del representante Miguel Polo Polo y determinó que conservará su curul en la circunscripción afro. De acuerdo con el Consejo de Estado, el representante si cumple con todas las condiciones que son requeridas para ocupar este espacio en el congreso.

¿Por qué había sido demandada la curúl de Polo Polo?

Quienes interpusieron la demanda argumentaron que Miguel Polo Polo no cumplía con las condiciones para ser elegido en la circunscripción afro. Uno de los requisitos es “ser o haber integrado alguna de las instituciones de participación de las comunidades negras, afrocolombianas raizales y palenqueras”. Supuestamente, el representante nunca fue parte de alguna de las comunidades mencionadas.

Adicionalmente, Polo Polo fue demandado por doble militancia. Según la demanda, cuando se inscribió hacía parte de la comunidad indígena Isla Gallinazo, lo que, a los ojos de los demandantes, era un impedimento para que fuera avalado por el consejo comunitario afro “Fernando Ríos Hidalgo”.

¿Qué dijo el Consejo de Estado?

La sección quinta del Consejo de Estado, mencionó que las condiciones para ocupar esta curul es ser mayor de 25 años y ser miembro de la comunidad por la que se inscribe, además de estar avalado por una organización inscrita en la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras del Ministerio del Interior. Según el tribunal, Polo Polo cumplió estas condiciones cuando se inscribió.

Sobre la doble militancia dijo que las normas aplicadas a la comunidad afrodescendiente para contiendas electorales no prohíben que sus miembros puedan ser, simultáneamente, integrantes de una comunidad indígena. Por lo que en el caso de Miguel Polo Polo no podría ser destituido por esto.