El Código Nacional de Tránsito es tajante: así deben adelantar las motos en carretera para evitar multas
Adelantar de manera incorrecta podría suponer, además de una multa económica, la infracción del vehículo según lo determine la autoridad vial.


De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, los conductores de vehículos tipo motocicleta tienen prohibido adelantar mientras circulan por intersecciones, tramos de vía con línea separadora central continua o si avanzan en curvas o pendientes. En Colombia, una infracción de este tipo supone una sanción económica que oscila entre 4 y 30 salarios mínimos legales diarios vigentes.
Del mismo modo, la legislación colombiana establece que los conductores no están autorizados para adelantar cuando la visibilidad sea desfavorable, en las proximidades de pasos peatonales, en las intersecciones de vías férreas, así como tampoco podrán adelantar por la derecha de un vehículo.
¿De qué manera está permitido adelantar?
En Colombia, según el artículo 60 del Código Nacional de Tránsito, los vehículos están obligados a transitar únicamente por sus carriles demarcados. Sin embargo, cuando el conductor lleve a cabo maniobras de adelantamiento o de cruce podrá hacerlo únicamente por el carril izquierdo.
“Si un conductor nota que está siendo adelantado por la derecha en una vía de dos carriles en un mismo sentido, debe ubicarse en el carril derecho, ya que los adelantamientos deben realizarse siempre por la izquierda. Además, cualquier cambio de carril debe ser anunciado con anticipación mediante luces direccionales y señales visibles”, explicó el Intendente jefe James Jaramillo González al diario El Espectador.
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Adelantar de manera incorrecta es catalogado por las autoridades como una infracción D05 que, además de suponer una sanción económica de hasta 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), lo que para este año representa una multa de $1.423.500, podría provocar la inmovilización del vehículo, según la gravedad del caso.
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