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ECONOMÍA

Declaración de Renta 2023: Quiénes deben hacerla, quién no, fechas y qué se sabe

Entre agosto y octubre se llevará a cabo el pago de declaración de renta. Conozca quiénes deben hacerla y cómo es el proceso.

Vacantes de empleo para servidores de la DIAN.
Colprensa

La declaración de renta es un documento en el cual se deben registrar todos los ingresos, gastos e inversiones que hace una persona. Basándose en este documento la DIAN puede calcular el monto que deberá pagar cada contribuyente. Cada año se establecen distintos topes para la declaración de impuestos.

Para este 2023, la norma establece que las personas cuyos ingresos vengan principalmente de su salario no deberán declarar renta. Sin embargo, hay otros factores que son tenidos en cuenta para determinar quienes deben pagar este impuesto. Las personas que cumplan las siguientes condiciones deben pagarlo:

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000

¿Cuándo debe hacerse la Declaración de Renta?

De acuerdo con el calendario tributario de la DIAN, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023 se vencerán los plazos para que las personas realicen el pago de los impuestos correspondientes al año 2022. Las fechas de vencimiento son determinadas por los dos últimos dígitos del NIT, estos son hallados en el RUT. Las fechas de vencimiento según el NIT son las siguientes:

  • 01 y 02: 09 de agosto del 2023
  • 03 y 04: 10 de agosto del 2023
  • 05 y 06: 11 de agosto del 2023
  • 07 y 08: 14 de agosto del 2023
  • 09 y 10: 15 de agosto del 2023
  • 11 y 12: 16 de agosto del 2023
  • 13 y 14: 17 de agosto del 2023
  • 15 y 16: 18 de agosto del 2023
  • 17 y 18: 22 de agosto del 2023
  • 19 y 20: 23 de agosto del 2023
  • 21 y 22: 24 de agosto del 2023
  • 23 y 24: 25 de agosto del 2023
  • 25 y 26: 28 de agosto del 2023
  • 27 y 28: 29 de agosto del 2023
  • 29 y 30: 30 de agosto del 2023
  • 31 y 32: 31 de agosto del 2023
  • 33 y 34: 1 de septiembre del 2023
  • 35 y 36: 4 de septiembre del 2023
  • 37 y 38: 5 de septiembre del 2023
  • 39 y 40: 6 de septiembre del 2023
  • 41 y 42: 7 de septiembre del 2023
  • 43 y 44: 8 de septiembre del 2023
  • 45 y 46: 11 de septiembre del 2023
  • 47 y 48: 12 de septiembre del 2023
  • 49 y 50: 13 de septiembre del 2023
  • 51 y 52: 14 de septiembre del 2023
  • 53 y 54: 15 de septiembre del 2023
  • 55 y 56: 18 de septiembre del 2023
  • 57 y 58: 19 de septiembre del 2023
  • 59 y 60: 20 de septiembre del 2023
  • 61 y 62: 21 de septiembre del 2023
  • 63 y 64: 22 de septiembre del 2023
  • 65 y 66: 25 de septiembre del 2023
  • 67 y 68:26 de septiembre del 2023
  • 69 y 70: 27 de septiembre del 2023
  • 71 y 72: 28 de septiembre del 2023
  • 73 y 74: 29 de septiembre del 2023
  • 75 y 76: 2 de octubre del 2023
  • 77 y 78 :3 de octubre del 2023
  • 79 y 80: 4 de octubre del 2023
  • 81 y 82: 5 de octubre del 2023
  • 83 y 84: 6 de octubre del 2023
  • 85 y 86: 9 de octubre del 2023
  • 87 y 88: 10 de octubre del 2023
  • 89 y 90:11 de octubre del 2023
  • 91 y 92: 12 de octubre del 2023
  • 93 y 94: 13 de octubre del 2023
  • 95 y 96: 17 de octubre del 2023
  • 97 y 98: 18 de octubre del 2023
  • 99 y 00: 19 de octubre del 2023

Recuerde que presentar la declaración de renta luego de las fechas de vencimiento trae sanciones. La sanción por extemporaneidad es del 5% del pago que debe hacer. Este porcentaje será cobrado por cada mes o fracción que tarde en hacer el pago luego de el plazo establecido. Si la declaración total es de cero, el valor mínimo a pagar por presentarla tarde es de $424.000.