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Declaración de la renta en Colombia: ¿Cuánto debería cobrarle un contador por hacerle la declaración?

Aquellos que omitan el pago de la declaración de renta en este presente año se enfrentarán a una sanción económica no menor a los 471.000 pesos.

ColprensaMauricio Alvarado

Por esta época, los colombianos se enfrentan al pago de la declaración de renta ante la DIAN, según lo establecido por el calendario tributario del presente año. Este proceso inició el pasado lunes 12 de agosto y terminará el 24 de octubre, pero es importante recordar que se debe realizar el día correspondiente a los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).

El proceso para realizar la declaración de renta quizás pueda generar complicaciones, estrés o molestias en algunos contribuyentes. Sin embargo, varias personas deciden contratar a contadores para que les puedan brindar la ayuda en todo el procedimiento, como lo es el registro de ingresos, gastos, entre otras más.

Cabe resaltar que aquellos colombianos a los que les corresponde declarar renta por primera vez deben tener en cuenta que la DIAN es quien analiza el perfil y define si hay que pagar un impuesto o no. Sin embargo, la acción de la declaración de renta es informarle a la autoridad tributaria lo que sucedió con las finanzas el año anterior.

¿Cuánto debería cobrarle un contador por hacerle la declaración de renta?

El exdirector de la DIAN, Luis Carlos Reyes, expresó lo importante que es “buscar una buena asesoría” para realizar todo el proceso para la declaración de renta. Asegurando que sea un “contador que se ciña a la norma, que tenga reputación de honestidad y de probidad en su trabajo y no busque atajos porque la ley hay que cumplirla”.

Por eso, todos aquellos colombianos que deciden pagarle a un contador para que les realice la declaración de renta deben tener en cuenta que el precio varía dependiendo de los trámites adicionales que le corresponda hacer.

Un contador al que le toque realizar un proceso sencillo, como lo son los ingresos y algunas deducciones, podrá cobrar desde los 200 mil hasta los 500.000 pesos, según informó Segura Group International para Caracol Radio.

Pero cuando son casos más difíciles como lo son las auditorias fiscales o algunas situaciones legales complejas, el cobro podría llegar hasta los 2.000.000 de pesos. Además, Miguel Ángel Laverde, aseguró en una entrevista para Tropicana que el precio oscila entre los 150.000 y los 300.000 pesos por procesos básicos y simples.

¿Cómo es el calendario de la DIAN para realizar la declaración de renta?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dio a conocer el calendario tributario de este 2024. Desde el pasado lunes 12 de agosto hasta el 24 de octubre, los colombianos podrán empezar a realizar el pago de la declaración de renta.

De acuerdo con la entidad, es importante recordar que aquellos que no efectúen el pago el día que les corresponde podrán ser sancionados económicamente con una multa no inferior a los 471.000 pesos. Por eso es bien importante conocer los topes establecidos por la DIAN para conocer si le corresponde o no cumplir con esta obligación financiera.

Entre los topes que se deben tener en cuenta está el patrimonio bruto, que consta de un valor de $190.854.000 hasta el 31 de diciembre del 2023; también se suman los ingresos brutos que al 2023 fueron iguales o superiores a los $59.376.800. A esto también se le suma que el consumo con tarjetas de créditos en el año anterior fue superior a los $59.376.800; y, por último, las consignaciones bancarias fueron superiores a los 59.376.800 pesos.

Últimos dígitos del NIT que declaran renta en agosto:

  • 20 de agosto: 11 y 12
  • 21 de agosto: 13 y 14
  • 22 de agosto: 15 y 16
  • 23 de agosto: 17 y 18
  • 26 de agosto: 19 y 20
  • 27 de agosto: 21 y 22
  • 28 de agosto: 23 y 24
  • 29 de agosto: 25 y 26

Últimos dígitos del NIT que declaran renta en septiembre:

  • 2 de septiembre: 27 y 28
  • 3 de septiembre: 29 y 30
  • 4 de septiembre: 31 y 32
  • 5 de septiembre: 33 y 34
  • 6 de septiembre: 35 y 36
  • 9 de septiembre: 37 y 38
  • 10 de septiembre: 39 y 40
  • 11 de septiembre: 41 y 42
  • 12 de septiembre: 43 y 44
  • 13 de septiembre: 45 y 46
  • 16 de septiembre: 47 y 48
  • 17 de septiembre: 49 y 50
  • 18 de septiembre: 51 y 52
  • 19 de septiembre: 53 y 54
  • 20 de septiembre: 55 y 56
  • 23 de septiembre: 57 y 58
  • 24 de septiembre: 59 y 60
  • 25 de septiembre: 61 y 62
  • 26 de septiembre: 63 y 64
  • 27 de septiembre: 65 y 66

Últimos dígitos del NIT que declaran renta en octubre:

  • 1 de octubre: 67 y 68
  • 2 de octubre: 69 y 70
  • 3 de cotubre: 71 y 72
  • 4 de octubre: 73 y 74
  • 7 de octubre: 75 y 76
  • 8 de octubre: 77 y 78
  • 9 de octubre: 79 y 80
  • 10 de octubre: 81 y 82
  • 11 de octubre: 83 y 84
  • 15 de octubre: 85 y 86
  • 16 de octubre: 87 y 88
  • 17 de octubre: 89 y 90
  • 18 de octubre: 91 y 92
  • 21 de octubre: 93 y 94 
  • 22 de octubre: 95 y 96
  • 23 de octubre: 97 y 98
  • 24 de octubre: 99 y 00

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