ESMAD

¿Cuáles son las funciones del Esmad y por qué Petro quiere reformarlo?

El recién nombrado director de la Policía, Henry Sanabria, ha dado puntadas sobre varias modificaciones que se harían a esta fuerza.

Colprensa

Durante la campaña presidencial, Gustavo Petro aseguró que consideraría la eliminación del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) que opera en el país. Hace unos días, el nuevo director de la Policía Nacional, el general Henry Sanabria, habló de que no se eliminaría esta fuerza pero sí tendría grandes cambios. El Director de la Policía Nacional, indicó que el ESMAD tal y como se conoce tendrá una transformación. El General Sanabria puntualizó que ahora otras fuerzas serán las encargadas de atender los disturbios y que el Escuadrón Móvil será la última opción tenida en cuenta para controlar manifestaciones.

“Años atrás contábamos con un grupo de policías con una capacitación en el manejo de disturbios y motines, conocidos como la fuerza disponible. Esa fuerza disponible se conformaría como un grupo especial de protección a la manifestación pública y tomaría los lineamientos de las Naciones Unidas para la aplicación de la ley el uso de la fuerza, necesitamos que esa fuerza de choque sea la última razón de ser”, comentó Sanabria a la emisora Blu Radio.

Igualmente habló de los cambios en la parte visual y en los vehículos que usaría la Fuerza Antidisturbios: “Tenemos una propuesta en marcha, que es el cambio de uniforme. El cambio de color en la vestimenta y en los vehículos. Estamos adaptando vehículos blindados, como ambulancias, para que sean estos los que ingreses por los lesionados, tanto de la fuerza pública como manifestantes”, indicó a Blu Radio el Director de la Policía.

Estas son las funciones del ESMAD

El ESMAD es la dependencia del Comando de Unidades Operativas Especiales, encargado del control de disturbios, multitudes, bloqueos acompañamiento a desalojos de espacios públicos o privados, que se presenten en zona urbana o rural del territorio nacional. Dentro de sus funciones están:

  1. Aplicar los procedimientos de manejo y control de disturbios, multitudes, desbloqueos de vías y acompañamiento a desalojos de espacios públicos o privados, con la materialización de hechos terroristas, en la jurisdicción de las unidades policiales que lo requieran, cuando su capacidad haya sido rebasada en talento humano y medios de policía.
  2. Asistir a las actividades de capacitación a las unidades operativas del país y escuelas de formación policial, con el fin de estandarizar los procedimientos en el control y manejo de multitudes.
  3. Observar durante los procedimientos lo contemplado en las normas, acuerdos y convenios de derechos humanos y derecho internacional humanitario para el uso de la fuerza que permitan restablecer el orden, la seguridad y la tranquilidad de las jurisdicciones afectadas.
  4. Reaccionar, disuadir y controlar los actos violentos generados por grupos de manifestantes que pretendan alterar el orden público y el buen desarrollo de las actividades sociales de alguna zona del territorio nacional.
  5. Realizar actividades de procedimientos comunitarios básicos de acercamiento con la comunidad, trasmitiendo el respeto, buen trato a la comunidad y protección por los Derechos Humanos para mejorar la imagen institucional.
  6. Desarrollar las actividades relacionadas con los procedimientos de policía, que involucren el tratamiento a personal femenino, infantes y comunidades de género.
  7. Ejecutar procedimientos de control de disturbios y manejo de multitudes donde estén involucrados adolescentes, niños y personal femenino para cumplir lo establecido en las normas, leyes y acuerdos de protección de los Derechos Humanos y la ley de infancia y adolescencia.
  8. Responder por el mantenimiento y conservación del equipo de protección corporal antidisturbios asignado para el cumplimiento de la misionalidad.
  9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

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