Ediciones
Caracol Radio
Resultados
Síguenos en
Hola

MOVILIDAD

Conoce las nuevas modificaciones que no están permitidas en las motos

Luego de que se hiciera viral un video de una policía que inmovilizó una moto con calcomanías, muchos se han preguntado qué modificaciones se pueden hacer a los vehículos. Conózcalas aquí.

Pico y placa en Bogotá del 7 al 11 de febrero. Conozca cómo funcionará la medida, los horarios y las excepciones de la Secretaría de Movilidad.
COLPRENSAColprensa

La semana pasada se hizo viral un video en el que una agente de policía inmovilizó una moto por haber modificado el color del vehículo con stickers sin notificarlo. Este video despertó indignación en redes sociales, pues muchas personas argumentaron que las calcomanías no equivalen a un cambio de tono en la carrocería.

Ante la confusión generada por este evento, muchos se han remitido al código de tránsito. En este se especifican las modificaciones que están prohibidas y que suponen una multa y en los casos más graves la inmovilización temporal del automóvil o la motocicleta.

@elespectador

Motero denuncia que una patrullera le inmovilizó la moto por “cambio de color” Se hizo viral un video en redes sociales, donde un motero graba a una patrullera de Policía, en donde demuestra su inconformismo porque le inmovilizaron la moto. La uniformada, identificada como Jennifer Zulay Sánchez, dice que se realiza el procedimiento por “cambio de color” de la moto, la cual tiene varios stickers.

♬ sonido original - El Espectador - El Espectador

¿Cuáles modificaciones no están permitidas?

En primer lugar están prohibidos los dispositivos que modifiquen el sonido de las motocicletas. En el artículo 104 del código de tránsito se especifica que no está permitida la instalación de accesorios como válvulas, resonadores o pitos. Esto va ligado a la normativa del Ministerio de Salud que especifica los decibles permitidos de ruido en las calles.

En segundo lugar está prohibido el uso de luces de alta intensidad o intermitentes. Adicionalmente, tampoco está permitido el uso de luces de colores, especialmente las que asemejen los tonos rojo y azul usados por la Policía Nacional, las ambulancias y los bomberos.

El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito señala que se considera como infracción modificar las placas del vehículo, llevar una que sea falsa o una adulterada. Por lo que cualquier accesorio que obstruya o modifique la visibilidad de la placa están prohibidos.

Por último, están prohibidas las modificaciones a las características generales del vehículo como las dimensiones o el color. Esto está permitido en algunos casos, pero debe ser notificado con tiempo a la autoridad correspondiente y debe constar el cambio en la tarjeta de propiedad.

Sigue el canal de Diario AS en WhatsApp, donde encontrarás todas las claves deportivas del día.