Colpensiones y fondos privados imponen fecha límite para decidir tu pensión
Esto es todo lo que debe saber en caso de estar cerca de jubilarse: el vencimiento tendrá lugar en julio de este año.


Para este año, cientos de afiliados al sistema pensional en Colombia deberán tomar una decisión determinante para su futuro económico en el segundo semestre de 2024. Así lo establece una disposición vigente, que a pesar de la incertidumbre por la reforma pensional, estableció la realización de un trámite obligatorio que podría cambiar el régimen en el que se pensionan actualmente los cotizantes.
Esta disposición obedece a la Ley 2381 de 2024, impulsada por el Gobierno Nacional, cuya aplicación aún está en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, algunos de sus artículos permanecen vigentes, lo que ha permitido avanzar en decisiones que involucran el futuro pensional de los colombianos.

Los trasladados: un punto clave para quienes están en búsqueda de la pensión
El punto central de esta disposición es la llamada “oportunidad de traslado”, que permite a algunos de los afiliados cambiarse entre el régimen público, es decir, Colpensiones, y los fondos privados. No obstante, este proceso tiene como fecha límite el próximo 16 de julio de 2026, cuando se cumplen dos años después de la promulgación de la reforma.
De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, este lapso de tiempo fue establecido con el fin de que los ciudadanos evalúen cuál sistema pensional les resulta más conveniente, teniendo en cuenta factores como el monto de la pensión, semanas cotizadas y expectativas de ingreso en la vejez.
Sin embargo, el plazo no aplica para todos los afiliados. Está dirigido especialmente a quienes están próximos a pensionarse y cumplen condiciones específicas; las mujeres que tengan 47 años o más y al menos 750 semanas cotizadas, y los hombres con 52 años o más y mínimo 900 semanas.
De igual forma, estas personas deben encontrarse a menos de diez años de cumplir la edad de pensión, y deberán cumplir un requisito fundamental: la doble asesoría. Esto significa que el afiliado debe recibir información tanto del régimen público como del privado, con el fin de comparar las condiciones y tomar una decisión informada.

¿Qué pasa si no presentó el traslado a tiempo?
Dado que este plazo no será indefinido, una vez se cumpla la fecha límite, quienes cumplan las condiciones de edad ya no podrán trasladarse entre otros regímenes, incluso si continúan bajo las reglas de la Ley 100 de 1993. Esto quiere decir, además,que quienes no realicen el trámite dentro del plazo establecido quedarán sujetos al régimen en el que se encuentren, sin posibilidad de cambios.
Ahora bien, este escenario se produce en un contexto de incertidumbre jurídica, pues la reforma pensional propuesta por el Gobierno de Gustavo Petro aún no ha sido avalada completamente por la Corte Constitucional, debido a cuestionamientos sobre su trámite en el Congreso. De hecho, algunos magistrados han solicitado declararla inexequible por posibles fallas en su aprobación.
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Hasta el momento, sin embargo, el alto tribunal no ha emitido una decisión definitiva, lo que mantiene en vilo el futuro del sistema pensional en el país. No obstante, el artículo que permite el traslado entre regímenes continúa vigente.
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