Colombia elimina un requisito clave: así se puede pedir desde ahora la eutanasia en todo el país
Esto es lo que dice la legislación nacional sobre el derecho a morir dignamente.


El sistema de salud nacional y los derechos de los pacientes han sido transformados en el país, luego d el Ministerio de Salud de Colombia expidiera la Resolución 813 de 2026, una normativa que redefine las condiciones para acceder a la eutanasia. La medida trae modificaciones que amplían el alcance de este procedimiento, eliminando barreras administrativas y reforzando la autonomía de las personas en decisiones sobre el final de su vida.
Uno de los cambios más relevantes es que la eutanasia no estará limitada exclusivamente a pacientes con enfermedades terminales. A partir de ahora, también podrán solicitarla personas con enfermedades graves e incurables o condiciones de salud extremas que generen un sufrimiento intenso, incluso si no existe un pronóstico de muerte inminente.
Esta ampliación responde a decisiones previas de la Corte Constitucional y busca garantizar el derecho a morir dignamente en un sentido más amplio, alineado con el principio de autonomía personal. En Colombia, este derecho ha evolucionado desde su despenalización en 1997, consolidándose como uno de los marcos legales más avanzados en América Latina.
La nueva normativa también establece que la voluntad del paciente debe ser el eje central del proceso. La decisión de acceder a la eutanasia deberá ser libre, informada y sin presiones externas. En los casos en que la persona no pueda expresar su consentimiento, se contemplan mecanismos como el documento de voluntad anticipada o el consentimiento sustituto, siempre que existan pruebas verificables de la intención del paciente.

Más colombianos podrán acceder a la eutanasia
Además, se refuerza el papel de los comités interdisciplinarios de eutanasia, que estarán conformados por profesionales de distintas áreas, como medicina, derecho y salud mental. Estos comités serán responsables de evaluar cada solicitud, verificar el cumplimiento de los requisitos y garantizar que no existan alternativas razonables que el paciente desee seguir.
Otro aspecto clave de la resolución es la eliminación de obstáculos administrativos que anteriormente dificultaban el acceso al procedimiento. La norma busca unificar criterios dispersos en el sistema de salud, brindando mayor claridad tanto a pacientes como a médicos y entidades prestadoras de salud (EPS).
En ese sentido, las EPS tendrán nuevas obligaciones. Deberán garantizar la disponibilidad del procedimiento, asegurar la conformación de los comités y responder oportunamente a las solicitudes de los pacientes. De igual manera, la normativa señala que, aunque los médicos pueden ejercer objeción de conciencia de manera individual, las instituciones de salud no podrán negarse a prestar el servicio como entidad.
La nueva medida también señala que personas extranjeras podrán acceder a la eutanasia en Colombia, siempre que acrediten al menos un año de residencia continua en el país. Esto amplía el alcance del derecho y responde a la necesidad de regular situaciones que antes no estaban definidas.
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Adicionalmente, el Ministerio de Salud reiteró que la eutanasia no es la única opción dentro del derecho a morir dignamente. El sistema debe ofrecer alternativas como los cuidados paliativos, orientados a aliviar el dolor, y la adecuación del esfuerzo terapéutico, que permite suspender tratamientos desproporcionados.
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