ECONOMÍA

Bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados: ¿Tendrán que pagar impuestos?

La Corte Constitucional aprobó el artículo de la reforma tributaria que impone más impuestos sobre las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados.

En la noche de este miércoles 25 de octubre se conoció la decisión de la Corte Constitucional sobre uno de los artículos de la reforma tributaria. En este se plantea que los alimentos ultraprocesados y las bebidas azucaradas tendrán un impuesto extra.

Este artículo había recibido una demanda de los abogados Juan Manuel Charry y la de Miryam Anaya. Ellos argumentaron que la medida de cobrar impuestos sobre este tipo de alimentos era irracional. La corte determinó que si bien el impuesto afecta la demanda de estos productos, la medida obedece a un tema de salud pública.

¿A qué productos se les aplicará el impuesto?

De acuerdo con la Reforma Tributaria (Ley 2277 de 2022), las bebidas azucaradas sobre las que se cobrará el impuesto son: bebidas gaseosas y carbonatadas; a base de malta; tipo té y café; a base frutas; refrescos, zumos y néctares de fruta; energizantes; deportivas; refrescos; aguas saborizadas y mezclas en polvo.

Los embutidos y derivados de la carne, como las salchichas, mortadelas, salchichón o butifarra no aumentarán de precio. Tampoco registrarán un alza en el mercado productos como el arequipe, el dulce de leche, las obleas, las pastas secas de harina, el pan, los vinagres, las hortalizas conservadas ni los artículos comestibles que se componen naturalmente de la leche.

En cuanto al porcentaje que se deberá pagar, la reforma establece que “la tarifa del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas se expresa en pesos por cien mililitros (100 ml) de bebida y el valor unitario está en función del contenido de azúcar en gramos (g) por cada cien mililitros”.

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