ECONOMÍA

Atención, familias: los cambios que vienen en 2025 para heredar la pensión en Colombia

Luego de sancionada la reforma pensional, la herencia de las pensiones de jubilación tendrá nuevas condiciones.

ColprensaMauricio Alvarado

El 16 de julio, con una Plaza de Bolívar llena, el presidente de la República, Gustavo Petro, sancionó la reforma pensional promovida por su Gobierno y aprobada por el Congreso. Con las modificaciones adoptadas, la herencia de la pensión, mejor conocida como la pensión de sobrevivientes, también tendrá varias modificaciones para el 2025.

Gustavo Petro y la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, presentan la reforma pensional. Bogotá, Colombia Marzo 16, 2023. REUTERS/Luisa Gonzalez.LUISA GONZALEZREUTERS

¿Qué es una pensión de sobrevivientes?

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, “es una prestación económica que busca garantizar a los familiares de una persona fallecida la estabilidad económica suficiente para asegurar su subsistencia en condiciones dignas”. La cartera dice que si la muerte es de origen común, la prestación será reconocida por los fondos privados de pensiones o por Colpensiones, según corresponda el caso.

¿Qué hacer si la persona de la dependía económicamente fallece?

De ocurrir una tragedia familiar, los procedimientos de solicitud de pensión para sobrevivientes se simplificarán, pues Colpensiones será el único administrador y pagador de las pensionesen Colombia.

Por otro lado, la nueva normativa dice que los recursos podrán ser heredados por los familiares del fallecido que cumplan con una serie especial de requisitos, siempre y cuando la persona fallecida estuviera pensionada por vejez, invalidez o falleciera tras cotizar al menos 50 semanas en los tres años previos a su muerte.

Con la nueva reforma pensional, así se definirán los pagos para quienes hereden la pensión:

  • Sustitución pensional tras el fallecimiento de una persona ya pensionada: El monto mensual será igual al 100 % de la pensión que recibía la persona fallecida.
  • Pensión de sobrevivientes por muerte de un afiliado: Se otorgará desde el 45 % del Ingreso Base de Liquidación (IBL), más un 2 % adicional por cada 50 semanas de cotización acumuladas, hasta un máximo del 75 % del IBL considerando las primeras 500 semanas cotizadas.

¿Quiénes pueden reclamar pensión de sobrevivientes?

Las Leyes 100 de 1993 y 797 de 2003 aseguran que quienes sean beneficiarios de una pensión de sobrevivientes deberán cumplir con estos requisitos:

  • Cónyuge o compañero(a): Deberá certificar de una convivencia de al menos cinco años antes del fallecimiento.
  • Hijos: Incluye a menores de edad, estudiantes entre 18 y 25 años, o que tengan una discapacidad.
  • Padres: Sólo si dependían económicamente del fallecido.
  • Hermanos con invalidez: Que dependieran económicamente del fallecido. 

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