ECONOMÍA

Adiós a los cobradores: la ley en Colombia que pone freno a aquellos que acosan para conseguir pagos de deuda

Estos son los límites de cobranza que rigen en el país para la prescripción de deudas: después de ese tiempo no está legalmente obligado a pagar.

Silueta de mujer desplazada intentando llamar con su celular a los familiares que se quedaron en el Catatumbo el 21/01/2025
Carolina Morales
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
Actualizado a

Tras la implementación de la ley 2300 de 2023, comúnmente conocida como ‘Dejen de fregar’, bancos, cooperativas y entidades de cobranza deberán regular los horarios, la periodicidad y los métodos bajo los que contactan a sus clientes morosos. Por medio de esta iniciativa, las autoridades buscan promover el respeto entre acreedores y deudores.

De igual forma, esta normativa fue diseñada con el fin de evitar que los cobradores exijan el pago de deudas prescritas, las cuales no obligan legalmente a los usuarios a subsanar. Por ello, es necesario que los deudores conozcan cuáles son los tiempos establecidos por la ley para solicitar la prescripción de una deuda:

Tipo de deuda Tiempo de prescripción
Títulos de valores (pagarés, letras de cambio) 3 años
Préstamo entre particulares 10 años
Deudas laborales (liquidaciones pendientes) 3 años
Deudas con la DIAN 5 años

¿Cómo evadir las llamadas de cobranza?

De acuerdo con la normativa colombiana, los cobradores pueden contactar a los deudores morosos a través de llamada, mensaje de texto o correo electrónico, únicamente dos veces por semana y bajo un horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. En efecto, no se elimina la comunicación entre el cobrador y el adeudado. Además, la prescripción de una deuda sólo puede ser avalada por un juez.

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La prescripción no borra la deuda, pero sí evita que se cobre por la vía judicial. Es una herramienta que protege al deudor frente a la inacción del acreedor (...) La deuda no se vence sola. Se necesita solicitar el reconocimiento de la prescripción ante un juez o con la entidad que hace el cobro. Y para eso, lo mejor es tener asesoría jurídica”, explicó Luis Felipe Pérez Jaramillo, docente de Derecho de Areandina en diálogo con Blu Radio.

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