Día sin IVA: cómo saber en qué productos se aplica el descuento
Son siete las categorías de artículos en total que no tendrán el cobro del 19% del IVA en su valor final durante esta jornada.
El Día Sin IVA, iniciativa que implementó el Gobierno Nacional ante la crisis económica que vive Colombia a causa del coronavirus, se ha convertido en un alivio para algunos comerciantes que han logrado reactivar sus ventas a través de esta modalidad que también beneficia al comprador, teniendo en cuenta los grandes descuentos con los que cuentan ciertos productos que no son gravados por este impuesto en estas fechas.
Este viernes 3 de julio se lleva a cabo el segundo Día Sin IVA que en esta ocasión le apuesta a que las plataformas virtuales sean el medio en donde más se realicen transacciones teniendo en cuenta que de esta manera solo se podrán adquirir artículos de las categorías con mayor demanda por los colombianos como lo son electrodomésticos, computadores y equipos de comunicación como celulares.
¿En qué productos aplica el descuento?
1. Complementos de vestuario: Son aquellos complementos que acompañan el vestuario de una persona, que incluyen únicamente los morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas de sol, paraguas, pañoletas y bisutería.
2. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones: Son los aparatos eléctricos que se utilizan en el hogar, que incluyen únicamente televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar para el hogar, aspiradoras, enceradoras de piso, trituradores eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos, máquinas de afeitar eléctricas, cepillos de dientes eléctricos, calentadores de agua eléctricos, secadores eléctricos, planchas eléctricas, calentadores de ambiente y ventiladores de uso doméstico, aires acondicionados, hornos eléctricos, hornos microondas, planchas para cocinar, tostadores, cafeteras o teteras eléctricas y resistencias eléctricas para calefacción, y computadores personales y equipos de comunicaciones. En esta categoría se incluyen los bienes descritos en este numeral que utilizan el gas natural para su funcionamiento.
3. Elementos deportivos: Son los artículos especializados para la práctica de deportes, que incluyen únicamente pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas, y zapatos especializados para la práctica de deportes. Esta categoría incluye bicicletas y bicicletas eléctricas.
4. Juguetes y juegos: Son los objetos para entretener y divertir a las personas, especialmente niños, que incluyen únicamente las muñecas, los muñecos que representen personajes, los animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas. Esta categoría no incluye artículos de fiesta, carnavales y artículos recreativos, programas informáticos y softwares. Esta categoría incluye patinetas y patinetas eléctricas.
5. Vestuario: Son las prendas de vestir de todo tipo, entendiéndose por cualquier pieza de vestido o calzado, sin tener en cuenta el material de elaboración. Se excluyen las materias primas.
6. Útiles escolares: Son el conjunto de artículos necesarios para el desarrollo de actividades pedagógicas en el contexto escolar y universitario que incluyen únicamente cuadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras.
7. Bienes e insumos para el sector agropecuario: Esta categoría incluye únicamente las semillas y frutos para la siembra, los abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, concentrados y/o medicamentos para animales, alambres de púas y cercas.
Sin efectivo
El Gobierno Nacional anunció que, para acceder a la exención del IVA en las compras efectuadas en estas fechas, solo se podrán usar métodos de pago electrónico como tarjetas de débito y crédito, ya que no existirá el descuento del IVA si se paga con dinero en efectivo de manera presencial. Ante esto, el comercio electrónico será vital para que, en dichas plataformas, siga creciendo las cifras de ventas que aumentaron considerablemente en la primera jornada que se llevó a cabo el pasado 19 de junio.