CORONAVIRUS

Correo electrónico para devolución de saldos: email de Dian por sección

El Gobierno Nacional decretó la devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas IVA.

Correo electrónico para devolución de saldos: email de Dian por sección

El Gobierno Nacional hizo efectivo el decreto 535 del 10 de abril del 2020 en el que se establece el procedimiento abreviado para la devolución de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas IVA. Este trámite se podrá realizar a través de la página web de la Dian que brinda los requisitos para llevarlo a cabo.

La medida fue decretada bajo el Estado de Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus y busca que los contribuyentes afectados por el virus tengan un mayor flujo de caja y liquidez para cumplir sus obligaciones.

"Nosotros tenemos la idea de que las devoluciones automáticas de impuestos son fundamentales para que los empresarios, en todo momento, pero especialmente en este de crisis, donde la caj de las empresas es reducida y limitada, tengan esos saldos a favor en tiempo récord", indicó el director de la Dian, José Andrés Romero.

Correo electrónico para devolución de saldos

La Dian explica los pasos a seguir para que los contribuyentes puedan acceder a las devoluciones de saldos a favor de los Impuestos de Renta y Complementarios y sobre las Ventas IVA. Una de las opciones para solicitar estas devoluciones es por medio de correo electrónico. 

Esta opción aplica para las solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a favor en renta y ventas de solicitantes que no cuentan con mecanismo de firma electrónica, IVA a constructores de vivienda de interés social e interés social prioritaria, IVA e INC a diplomáticos, embajadas y organismos internacionales, IVA a instituciones oficiales de educación superior, pagos en exceso y de lo no debido tributarios y aduaneros.

Cada Dirección Seccional de Impuestos del país tiene un correo electrónico diferente, dependiendo de la ciudad en donde se encuentre. Recuerde que si está en las seccionales Bogotá, Grandes Contribuyentes, Cali, Medellín y Bucaramanga, debe pedir una cita previa al envío de la solicitud. Si quiere pedir la cita haga click acá.

Recuerde que cada seccional tiene un correo electrónico específico para que usted tramite su solicitud. Para consultar el correo electrónico de su seccional, haga click acá. 

¿Qué documentos deben ir en el correo?

Antes de enviar el correo tenga en cuenta lo siguiente, debe escribir en el asunto: Solicitud Devolución / Nombre o razón social del solicitante / NIT solicitante y los documentos que adjunte no deben superar los 20 MB por cada correo enviado. 

En el correo debe adjuntar el Formato 010 Solicitud de Devolución y/o compensación, para llenarlo haga click acá y los formatos y documentos para acreditar el cumplimiento de los requisitos, dependiendo del concepto de devolución, para llenarlos haga click acá

Si decide presentar su solicitud con garantía debe adjuntarla. Si sus archivos pesan más de 20 MB puede enviar varios, pero no olvide asignarles a cada uno un número consecutivo según corresponda.

Todos, contra el Coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Y recuerda, ¡quédate en casa!