Teletrabajo para los profesores: Ministerio de Educación define cuándo los docentes pueden realizar su actividad desde casa
Este es uno de los casos en los que los docentes de colegios públicos están facultados para enseñar bajo una modalidad remota o flexible.
A través de la Circular 010 emitida el pasado 11 de febrero, el Ministerio de Educación aclaró cuándo se pueden llevar a cabo cambios en el calendario académico de los colegios oficiales que operan en el país, así como las condiciones bajo las cuales los docentes pueden desarrollar sus actividades académicas desde casa durante algunos periodos institucionales.
Este documento, que fue presentado con el fin de dar claridad al sistema educativo público frente a las modificaciones que pueden aplicarse a las jornadas educativas, transforma la forma en la que pueden aplicarse cambios en la programación educativa de las instituciones estatales, pues antes estaban sujetas a las disposiciones de las secretarías de educación municipal o regional.
De acuerdo con esta circular, solo el Ministerio de Educación está facultado para ajustar fechas de clases y para dictaminar los procedimientos que deben seguir las entidades territoriales certificadas que requieren de una solicitud de cambios en su jornada escolar. Pese a que sólo la cartera puede modificar la estructura educativa de los colegios públicos, hay excepciones en casos de emergencia o situaciones especiales que permiten una mayor coordinación entre autoridades educativas, docentes, estudiantes y familias.
¿En qué casos se puede cambiar la programación educativa en un colegio público?
Según el Ministerio de Educación, “los calendarios académicos tendrán la flexibilidad necesaria para adaptarse a las condiciones económicas regionales y a las tradiciones de las instituciones educativas. El calendario académico en la educación básica secundaria y media se organizará por períodos anuales de 40 semanas de duración mínima o semestrales de 20 semanas mínimo. La educación básica (primaria y secundaria) y media comprende un mínimo de horas efectivas de clase al año, según el reglamento que expida el Ministerio de Educación Nacional”.
Esto quiere decir que existen algunas fechas en las que las instituciones educativas estatales pueden modificar el calendario escolar en caso de que se presenten situaciones extraordinarias. Bajo las siguientes circunstancias, los colegios pueden cambiar su jornada pero teniendo en cuenta que no se trata de suspender clases en algunas fechas, sino de reorganizar el calendario educativo:
- Alteración del orden público en la ciudad.
- Desastres naturales o fenómenos con impacto social (terremotos, emergencias climáticas o condiciones que pongan en riesgo la seguridad de los estudiantes y los docentes o directivos).
Ahora bien, para que estos cambios puedan aplicarse sin contratiempos, el Ministerio de Educación exige que exista una declaratoria oficial de emergencia emitida por las autoridades competentes. Esto quiere decir que antes de que se aplique el ajuste, se requiere de una evaluación previa de la situación que justifique la modificación del calendario, de manera que se priorice la seguridad, el bienestar y la continuidad del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes.
Por otra parte, cuando se producen suspensiones de las actividades escolares por períodos que no son prolongados, los colegios públicos no requieren realizar una modificación al calendario escolar siempre y cuando las clases no sean suspendidas por más de una semana. Sin embargo, las instituciones están obligadas a informar a docentes, padres de familia y alumnos sobre la manera en la que se retomarán los contenidos académicos con el fin de no afectar el derecho educativo de los alumnos.
Noticias relacionadas
En esta circular, además, el Ministerio de Educación aclaró que durante la realización de las semanas de desarrollo institucional, que tradicionalmente se llevan a cabo de manera presencial en las instituciones, existe la posibilidad de que los docentes cumplan con su trabajo bajo una modalidad flexible, incluso con trabajo desde casa o de forma no presencial.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí