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Si usa Uber o Cabify puede exponerse a esta multa en Colombia: consulta los detalles

Los conductores que se han descubierto ejerciendo este servicio por las autoridades deberán pagar una multa de 1.300.00 pesos.

FILE PHOTO: A photo Illustration shows the Uber application on a mobile phone in in central Paris, France March 5, 2020. REUTERS/Gonzalo Fuentes/File Photo
Gonzalo FuentesREUTERS/Gonzalo Fuentes

En la actualidad en Colombia, las plataformas digitales de transporte público como lo son Uber, Cabify, Didi, Picap e InDriver son ilegales, pero siguen funcionando en las vías y calles del territorio nacional. Si las autoridades logran coger un vehículo en este ejercicio, el conductor se verá enfrentado a diferentes sanciones.

De acuerdo con un informe que realizó CityTV, cerca de “300.000 conductores han prestado al menos un servicio mediante plataformas, y más de 4.800.000 usuarios han utilizado este tipo de transporte en Bogotá”, indicó El Tiempo.

El tema de la legalización de estas plataformas digitales ha sido controversial debido a que los conductores de taxi manifiestan su descontento, ya que su trabajo se puede ver afectado debido a que los colombianos prefieren los beneficios que estas herramientas dan, como lo es el precio.

¿Qué sanciones puede adquirir si usa plataformas digitales?

Según lo informado por el Código Nacional de Tránsito, aquellos vehículos que se encuentren prestando el servicio de transporte público de manera ilegal incurren en la infracción D12, “conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito”.

A su vez, en la infracción D12 explica que, si las autoridades de tránsito cogen el vehículo por primera vez, la inmovilización será de cinco días. Pero si se presenta en una segunda ocasión, ya serán 20 días, y en una tercera vez, ya pasará a tener el carro 40 días detenido.

Al ser una infracción de tipo D, el Código Nacional de Tránsito informa que, la sanción económica que deberá pagar el conductor o propietario del vehículo equivale a 30 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV), es decir, que serían 1.300.000 pesos de multa.

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