Si no presenta este documento no podrá realizar la declaración de renta 2025: la Dian lo deja claro
A través de la página web de la entidad, los grandes contribuyentes podrán hacer uso de esta herramienta para reportar saldos contables.


La declaración de renta es una obligación que todos los contribuyentes deben prepararse después de mitad de año, especialmente en los meses de agosto, septiembre y octubre, pero para poder cumplir con esta obligación financiera, se realiza por los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), según el calendario tributario.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional informó por medio de un comunicado que a través de la página web de la entidad ya se encuentra disponible para los grandes contribuyentes el Prevalidador de conciliación fiscal del año gravable 2024, donde podrán realizar el reporte de los saldos contables y fiscales para así poder presentar la declaración de renta.
“Quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el formulario 110, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT ($2.117.925.000 año 2024)”, informó la entidad en el comunicado publicado el pasado 31 de marzo.
A su vez, la DIAN agregó que “esta información debe presentarse previo a la presentación de la declaración de renta y complementarios, dentro de los plazos establecidos por la ley, y que la entidad tendrá disponible sus servicios digitales para hacerlo a partir de este 28 de marzo”.
¿Cómo usar el prevalidador de la DIAN?
- Deberá acceder al portal de la DIAN.
- Tendra que dirigirse a la pestaña transaccional / Otros servicios / Prevalidadores - Opción Impuestos y haga clic en "Reporte Conciliación Fiscal F2516v8 (Año gravable 2024)".
- Luego deberá descargar el archivo en formato ZIP e instalarlo en su computador.
- Deberá que diligenciar la información que la herramienta solicita.
- Por último, tendrá que presentar el archivo XML a través de los servicios digitales de la DIAN.
Este prevalidador deberá ser diligenciado y presentado por aquellas personas jurídicas responsables del Impuesto sobre la Renta y Complementarios cuyos ingresos brutos fiscales sean iguales o superiores a 45.000 UVT. pic.twitter.com/dleps3MKoW
— DIANColombia (@DIANColombia) March 14, 2025
¿Cuáles son las sanciones por no presentar a tiempo la declaración de renta?
Desde el próximo martes 12 de agosto hasta el 24 de octubre, los colombianos podrán empezar a realizar el pago de la declaración de renta el día que les corresponde; así lo anunció la DIAN por medio del calendario tributario. El pago de las personas jurídicas comenzará el 12 de mayo y terminará el 23 para presentar la declaración y la primera parte del pago. Mientras que desde el 9 de julio hasta el 22 del mismo mes será la segunda cuota.
La segunda fecha establecida para que los grandes contribuyentes realicen su aporte y el anticipo a la cuota es desde el 9 de abril hasta el 24 del mismo mes. Mientras que el tercer pago será del 11 al 15 de junio.
Para poder presentar la declaración de renta, deberá alistar ciertos documentos que son obligatorios, como los extractos bancarios y los movimientos de tarjetas de crédito; pagos recientes de impuestos de vehículos; certificados de medicina prepagada; certificados de ingresos y retenciones emitidos por las compañías en las que trabajo en el 2024; entre otros.
Cabe resaltar que aquellos que no efectúen el pago el día en el que les corresponde declarar renta pueden ser sancionados económicamente al no pagar el día que a su NIT le corresponda. Esta multa no podrá ser inferior a los $498 mil pesos para este 2025. Según la DIAN, aquellos colombianos que cumplan con los topes en diferentes aspectos deben declarar renta.
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