ELECCIONES PRESIDENCIALES EN VENEZUELA

Servicio Electoral Obligatorio elecciones: sanciones y multas si no lo cumplo

Según el Consejo Nacional Electoral (CNE), las multas por incumplimiento puede estar entre 15 y 50 unidades tributarias, es decir, entre 3,71 y 12,37 dólares.

Isaac UrrutiaREUTERS

Con el propósito de brindar mayor información sobre las elecciones presidenciales de Venezuela de este próximo 28 de julio, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció una serie de medidas sancionatorias para aquellos ciudadanos que no cumplan con sus obligaciones electorales como miembro de mesa en los comicios este domingo.

Según la información publicada en la página web oficial del organismo electoral, las multas por incumplimiento al Servicio Electoral Obligatorio pueden estar entre 15 y 50 unidades tributarias, es decir, entre 3,71 y 12,37 dólares estadounidenses.

Además, se contempla la posibilidad de imponer arrestos de un día por cada unidad tributaria impuesta por el organismo. De acuerdo con el CNE, estas sanciones tiene como finalidad incentivar el cumplimiento de los deberes electorales y la participación de la ciudadanía de cara a los comicios que definirán al próximo presidente de Venezuela.

“Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria”, señala el CNE en su página web.

¿Cuáles son las excepciones para prestar el servicio?

El cumplimiento del Servicio Electoral Obligatorio se detalla en el artículo 134 de la Constitución Republicana Bolivariana de Venezuela, el cual señala que, “toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley”.

De igual manera, la Ley Orgánica de Procesos Electorales establece que el servicio es de “carácter obligatorio” y que es un deber constitucional. Sin embargo, existen una serie de excepciones las cuales van desde ser mayor de sesenta y cinco años, tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes, entre muchas más.

La personas que se encuentren interesadas en verificar las excepciones al Servicio Electoral Obligatorio en la Oficina Electoral de su jurisdicción únicamente en un lapso de diez hábiles luego de la publicación de la selección en la Gaceta Electoral.

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