Revelan si habrá descanso obligatorio el Jueves y Viernes Santo en Colombia: días festivos en Semana Santa
Las empresas no están obligadas a dar toda la semana de descanso. Se deben regir por lo que estipula la ley sobre los días festivos.


En Colombia, la Semana Santa es un tiempo de reflexión, de recordar los principales momentos de la vida de Jesús, pero también se ha convertido en un tiempo de descanso, ya que quedó estipulado en la ley que el jueves 17 y viernes 18 de abril son festivos; esto quiere decir que no son laborales. Sin embargo, las empresas no están obligadas a dar vacaciones en esta época, pero sí a cumplir con los días feriados.
“Todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso (...) La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descanso dominical, pero sin que haya lugar a descuento alguno por falta al trabajo”, informó la ley 51 de 1983.
Sin embargo, aquellas personas que les corresponda trabajar en esos días festivos deberán tener presente que la empresa involucrada deberá incluir el pago del recargo correspondiente sobre el salario ordinario del día trabajado. Esto quiere decir que podrá cobrar cerca de 108.312 pesos por día.
“El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas”, indicó el Código Sustantivo del Trabajo en el artículo 179.
¿Qué pasa con el calendario escolar en la Semana Santa?
La ley 115 del año 1994, más conocida como la Ley General de la Educación en Colombia, quedó establecido como tendrán que ser distribuidas las 12 semanas del calendario de receso estudiantil, entre este tiempo quedó establecida la semana de Semana Santa como descanso.
Debido a lo establecido en la ley del Gobierno Nacional, los colegios públicos y privados les otorgan a sus estudiantes de preescolar, básica y media la semana de descanso. Mientras que las siete semanas de vacaciones que tienen los docentes están distribuidas entre los meses de junio, julio, diciembre y enero.
| Semana de receso | Tiempo |
|---|---|
| Del 14 al 18 de abril del 2025 | 1 Semana |
| Del 20 de junio al 11 de julio de 2025 | 3 Semanas |
| Del 6 al 10 de octubre de 2025 | 1 Semana |
| Del 9 de diciembre del 2025 al 13 de enero del 2026 | 5 Semanas |
¿Cuál es el calendario de días festivos en Colombia?
Colombia es uno de los países de América Latina que cuenta con más festivos. Estos días están regulados por la ley 51 de 1983, más conocida como la ley “Emiliani”. Para este 2025 quedaron establecidos 17 feriados y diez de ellos son traslados al lunes siguiente en el calendario.
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Este 17 y 18 de abril, siendo Jueves y Viernes Santo, hacen parte de los días festivos, siendo los únicos del cuarto mes del año. Cabe resaltar que estas fechas de la Semana Santa pueden variar dependiendo del calendario lunar.
Próximos festivos 2025:
- Mayo:
- Jueves 1: Día del Trabajo. - Junio:
- Lunes 2: Corpus Christi.
- Lunes 23: Sagrado Corazón de Jesús.
- Lunes 30: San Pedro y San Pablo. - Julio:
- Domingo 20: Día de la Independencia. - Agosto:
- Jueves 7: Batalla ded Boyacá.
- Lunes 18: Asunció de la Virgen. - Octubre:
- Lunes 13: Día de la Raza. - Noviembre:
- Lunes 3: Día de todos los Santos.
- Lunes 17: Independencia de Cartagena. - Diciembre:
- Lunes 8: Inmaculada Concepción.
- Jueves 25: Navidad.
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