Revelan las posibles sanciones a las empresas que no paguen la prima de diciembre a tiempo
Los empleadores que no cumplan con esta prestación social podrían enfrentar serias consecuencias a nivel legal. Esto es lo que debe saber.


En Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo es la normativa que regula las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores. Esta legislación, además de definir los derechos, deberes, contratos, salarios, condiciones y prestaciones sociales, tiene el objetivo de crear un ambiente de justicia para ambas partes en el escenario laboral.
Con la llegada de diciembre y el cierre del año laboral, cientos de trabajadores en Colombia esperan que sus empleadores cumplan con una obligación legal clave para las familias: el pago de la prima de servicios de diciembre. Esta ‘prima navideña’, que debe entregarse antes del 20 de diciembre de cada año, es un beneficio para los siguientes trabajadores:
- Empleados con contratos a término fijo o indefinido.
- Trabajadores del servicio doméstico.
- Choferes de servicio familiar.
- Trabajadores por días.
- Cuidadores de fincas.
Y, en general, cualquier trabajador colombiano que demuestre su condición de dependiente frente a un empleador. Sin embargo, cuando las empresas incumplen con ese pago o lo realizan con retraso, no solo incumplen una obligación contractual, sino que se exponen a sanciones económicas y legales.
¿Qué pasa si no recibo a tiempo la prima de diciembre?
Según el Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, “el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.
Por tanto, no pagar la prima de servicios durante el periodo establecido por la normativa colombiana es una vulneración a los derechos laborales que puede afectar a quien no respete la norma, poniendo en riesgo su estabilidad financiera como empleador, su reputación y su continuidad operativa.

Cuando una empresa no cumple con el pago de la prima de servicios, el empleador puede enfrentar multas administrativas impuestas por el Ministerio del Trabajo. Estas sanciones pueden ir desde 1 hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo de la gravedad del incumplimiento, el número de empleados afectados y si existe reincidencia.
Además, la normativa contempla una indemnización moratoria: la empresa debe pagar un día de salario por cada día de retraso en la entrega de la prima. Este pago adicional busca compensar al trabajador por la demora. De hecho, si el retraso se extiende, podrían aplicarse intereses moratorios sobre el monto adeudado, aumentando el costo para el empleador.
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Dependiendo de la magnitud del incumplimiento, el Ministerio de Trabajo podría iniciar inspecciones, procesos administrativos e incluso interponer demandas laborales para defender los derechos fundamentales de los empleados afectados. En este artículo le contamos todo lo que debe saber y los pasos que debe seguir si su empleador le retrasa la prima de diciembre.
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