Caracol Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ECONOMÍA

Retención en la fuente 2023: ¿quiénes deben presentar la declaración y a qué salarios aplica?

El cobro debe aplicarse a toda persona natural o jurídica que realice pagos laborales. Conozca cómo funciona esta dinámica.

Actualizado a
Agosto 12 de 2014. Bogotá, Colombia. Los puntos de atención de la Dian para cumplir con el requisito de pago por impuesto de la renta.  (Colprensa - Mauricio Alvarado)
ColprensaMauricio Alvarado

La retención en la fuente es un cobro anticipado de un determinado impuesto correspondiente a la renta, ventas o de industria y comercio, lo cual se convierte en una de las maneras en las que el Estado facilita el pago del tributo de los contribuyentes del país.

De acuerdo a lo anunciado por el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente es aplicable a los pagos efectuados por las personas naturales jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones líquidas, “originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, y los pagos recibidos por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales de conformidad con lo establecido en el artículo 206″.

El artículo 383 también determina que la retención en la fuente para los ingresos laborales tiene como base gravable 95 UVT (Unidad de Valor Tributario) o incluso una mayor, lo que significa $4.029.140 para este año, teniendo en cuenta que en este 2023 la UVT se fijó en $42.412.

¿Quiénes deben presentar la declaración?

Según lo determinado por la DIAN, las personas que tienen la obligación de declarar mensualmente la retención en la fuente son todas aquellas personas o empresas que estén clasificadas como agentes de retención, entre los que se destacan las entidades de derecho público, fondos de inversión, valores, pensiones, jubilación, invalidez, sucesiones líquidas, entre otras más.

De acuerdo a información entregada por Portafolio, dentro de los agentes de retención están los empleadores y las personas naturales que tengan como oficio se comerciantes, motivo por el cual también están en la obligación de efectuar el pago de la retención, declarar la retención en la fuente, consignar lo retenido, expedir los certificados correspondientes y conservar los aportes.

Fechas para declarar la retención en la fuente

Los contribuyentes deben tener en cuenta que la retención solo se aplicará cuando el pago supere la base sujeta a retención, lo que significa que si una persona natural tiene trabajadores que reciban el salario mínimo, no tendrán que hacer esta dinámica. A continuación le mostraremos las fechas para hacer la declaración.

  • Mayo: entre el 7 y el 22 de junio
  • Junio: entre el 7 y el 21 de julio
  • Julio: entre el 9 y el 23 de agosto
  • Agosto: entre el 7 y el 20 de septiembre
  • Septiembre: entre el 10 y el 24 de octubre
  • Octubre: entre el 8 y el 22 de noviembre
  • Noviembre: entre el 11 y el 22 de diciembre
  • Diciembre: entre el 10 y el 23 de enero de 2024.