Reforma Pensional: ¿cómo saber dónde están mis cesantías, cuánto tengo y cómo retirarlas?
Cada año el valor de las cesantías se liquida el 31 de diciembre y se debe consignar en un Fondo de Cesantías antes del 14 de febrero.
Las cesantías son una prestación social que cada empleador debe pagar a cada uno de sus trabajadores, además del salario ordinario y que se puede retirar en dado caso se presente una terminación de contrato, tener planes educativos o que exista la intención de mejorar la vivienda.
A pesar de que muchos colombianos tienen conocimiento de cuándo pueden solicitar las cesantías, en algunos ciudadanos se presentan dudas frente a dónde se encuentran estas y cómo se hace el cálculo. Por esta razón, le aclararemos las siguientes dudas.
¿Cómo saber en dónde están las cesantías?
Lo primero que los colombianos deben tener en cuenta, es que las cesantías tienen que ser pagadas a todo trabajador dependiente, donde se destacan todos aquellos empleados que pertenecen al servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días y de tiempo parcial.
Además, es de gran importancia destacar que en el país existen cuatro fondos privados de cesantías como es el caso de Provenir, Protección, Colfondos y Skandia, por lo que de acuerdo al convenio que haya hecho con su empresa, usted deberá realizar la solicitud de inscripción a una de las anteriores.
En el caso de que usted se encuentre interesado en saber cuál de los fondos tiene esta prestación social, podrá hacerlo a través de la página oficial del Sistema Integral de Información de la Protección Social y el Registro Único de Afiliados (RUAF). Allí, podrá consultar el fondo donde tiene sus cesantías o puede comunicarse directamente con el fondo que le presta el servicio.
¿Cuál es el saldo de las cesantías?
Según lo mencionado por la Ley 50 de 1990, el saldo de las cesantías debe liquidarse cada año el 31 de diciembre y consignarse en un fondo de cesantías antes del 14 de febrero del año siguiente y este corresponde a un mes de salario por cada año trabajado.
Sin embargo, en el caso de que el trabajador labore menos de un año, el pago de las cesantías serán proporcionales al tiempo que haya estado vinculado en la empresa. De igual manera, el retiro de las mismas puede realizarse bajo los siguientes eventos que estipula el Decreto 1562 de 2019.